ROMERO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
1 de junio de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Primero: Que, comparece el abogado Miguel Guíñez Saavedra, en su calidad de abogado de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región de Ñuble, Consultorio Jurídico de Chillán, en nombre y representación de don José Gregorio Romero Contreras, de nacionalidad venezolana, interponiendo acción de reclamación al amparo del artículo 141 de la Ley N° 21.325, de Migración y Extranjería, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por su Director Nacional don Frank Carlos Sauerbaum Muñoz, impugnando la Resolución Exenta N° 2600100160099, de fecha 13 de marzo de 2026, en virtud de la cual dicho organismo dispuso la expulsión del territorio nacional del reclamante y le impuso una prohibición de ingreso al país por el plazo de cinco años. En cuanto a los hechos que fundan la reclamación, hace presente que el recurrente es ciudadano venezolano, nacido el 22 de octubre de 1996, quien migró por vía terrestre desde su país de origen atravesando Colombia, Ecuador y Perú antes de ingresar a Chile, movido por la grave crisis económica, política y social imperante en Venezuela. Así, ingresó al territorio nacional en diciembre del año 2023, permaneciendo en él desde entonces en situación migratoria irregular. Con fecha 28 de abril de 2026, le fue notificada personalmente, en dependencias del Departamento de Migraciones y Policía Internacional de Chillán de la Policía de Investigaciones de Chile, la Resolución Exenta N° 2600100160099, de fecha 13 de marzo de 2026, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, que dispuso su expulsión del país y le impuso una prohibición de ingreso por el plazo de cinco años. Hace presente que el recurrente ha consolidado un arraigo familiar sólido y comprobable en territorio nacional, conviviendo de manera estable con su núcleo familiar directo, compuesto por sus padres, hermanos y pareja. Asimismo, señala que ha demostrado una inserción laboral efectiva y una conducta civil ejemplar durante su permanencia en el país, ac
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 141 de la Ley N°21.325, se rechaza, sin costas, el recurso de reclamación deducido en favor de don José Gregorio Romero Contreras, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por su Director Nacional don Frank Carlos Sauerbaum Muñoz, por haberse dictado la Resolución Exenta N° 2600100160099, de fecha 13 de marzo de 2026, que dispuso su expulsión del país. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Redacción del señor Gabriel Hernández Sotomayor, quien no firma por haber cesado en el cargo del fiscal judicial subrogante. Rol N°65-2026- Contencioso-Administrativo.-
Texto Completo (Preview)
Chillán, uno de junio de dos mil veintiséis. VISTO: Primero: Que, comparece el abogado Miguel Guíñez Saavedra, en su calidad de abogado de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región de Ñuble, Consultorio Jurídico de Chillán, en nombre y representación de don José Gregorio Romero Contreras, de nacionalidad venezolana, interponiendo acción de reclamación al amparo del artículo 141 de la Ley
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