ANDAUR MARTINEZ CARLOS ANDRES/COMISION LIBERTAD CONDICIONAL VALPARAISO
Rol
Fecha
1 de junio de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, doña Josefina Yi-an Espinoza Loo, abogada, deduce acción de amparo en favor de Carlos Andrés Andaur Martínez, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, por el acto que considera ilegal, consistente en el rechazo de su postulación al beneficio, lo que estima vulneraría su derecho a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Explica que el amparado cumple actualmente una pena de 10 años y 1 día y otra de 3 años y 1 día de presidio por los delitos de Robo con intimidación y Posesión o tenencia de armas prohibidas, cumpliendo condena en el CET Semiabierto La Pólvora, con fecha de inicio el 23/11/2017 y término el 10/08/2029, habiendo cumplido el tiempo mínimo para el beneficio el 09/04/2025. Aduce que cumple con todos los requisitos objetivos, restándole a la fecha 1.169 días por cumplir. A folio 5, el Alcaide del Centro de Educación y Trabajo (CET) La Pólvora remite los antecedentes de postulación del amparado, incluyendo el informe de conducta y laboral. A folio 6, informa el Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, señalando que los
Fundamentos
motivos por los cuales el beneficio fue desestimado constan en la resolución impugnada. Para el rechazo, la referida Comisión consideró el informe psicosocial desfavorable, el alto compromiso delictual y la ausencia de beneficios intrapenitenciarios previos. A folio 7, se ordena traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, por esta vía extraordinaria se cuestiona la legalidad de la resolución por medio de la cual la recurrida no concedió el beneficio de la libertad condicional al amparado. Segundo: Que, la recurrida se encuentra facultada para conceder o denegar el beneficio de libertad condicional, conforme con lo previsto por el artículo 5° del Decreto Ley N°321. Tercero: Que, la decisión de la Comisión se encuentra debidamente fundada. En el informe de postulación psicosocial, se advierte que el amparado presenta un alto compromiso delictual y un alto riesgo de reincidencia, encontrándose actualmente en un estado de contemplación respecto al cambio. El informe señala que existen necesidades de intervención en factores dinámicos como educación/empleo, uso del tiempo libre, pares, actitud procriminal y patrón antisocial. Respecto a las sugerencias, se indica que de obtener el beneficio, el amparado debería continuar tratamiento en el CAIS, reforzando el plano laboral dado su escasa experiencia, y recibir orientación para estudios superiores. El análisis global indica que, si bien existen avances significativos como la obtención del Título de Técnico de Nivel Superior en Logística y el reconocimiento del daño causado, el proceso de desistimiento es reciente y se encuentra en una fase que requiere consolidación, siendo los factores de riesgo y la trayectoria delictual antecedentes que, sopesados por la Comisión, impiden proyectar un cumplimiento exitoso en el medio libre. Cuarto: Que, al dictar la resolución impugnada, la Comisión no ha infringido la normativa precitada, por lo que no existe antecedente alguno que dé cuenta que la recurrida haya actuado de forma ilegal.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia se RECHAZA la acción de amparo deducida en favor de Carlos Andrés Andaur Martínez en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2277-2026.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, uno de junio de dos mil veintiséis. Vistos: A folio 1, doña Josefina Yi-an Espinoza Loo, abogada, deduce acción de amparo en favor de Carlos Andrés Andaur Martínez, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, por el acto que considera ilegal, consistente en el rechazo de su postulación al beneficio, lo que estima vulneraría su derecho a la libert
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