18º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BK SPA/NAZER

Rol

141267-2022

Fecha

19 de abril de 2023

Materia

Civil

Resultado

RECHAZA CASACION EN EL FONDO

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento ejecutivo de cobro de pagaré seguido ante el Décimo Octavo Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol C-21.305-2019, caratulado “BK SpA con Nazer”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por el ejecutado contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de esta ciudad, de fecha dieciocho de octubre de dos mil veintidós, que revocó el fallo de primer grado de veinticuatro de febrero de dos mil veinte, que acogió la excepción de prescripción extintiva opuesta y, en su lugar, la rechazó, ordenando seguir con la ejecución. Segundo: Que el recurrente de nulidad sustancial afirma que el fallo infringe el artículo 464 N° 17 del Código de Procedimiento Civil, los artículos 4 y 2514 del Código Civil, los artículos 98, 100 y 107 de la Ley N° 18.092 y el artículo 19 N° 2 y N° 3 de la Carta Fundamental, al rechazar la excepción opuesta. Sostiene, en síntesis, que la acción deducida se encuentra prescrita en mérito que el plazo comenzó a correr el 5 de julio de 2018 –fecha que se hizo exigible la obligación por haberse constituido en mora el deudor, o en defecto, la fecha del protesto el 31 de agosto de 2018- hasta el 11 de septiembre de 2019, data en que se notificó la demanda, habiéndose transcurrido con creces el plazo de un año exigido en la ley. Finaliza solicitando que se invalide la sentencia recurrida y se dicte una de reemplazo que acoja la excepción del numeral 17° del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil. Tercero: Que para una adecuada inteligencia de las cuestiones planteadas en el recurso, resulta pertinente considerar las siguientes circunstancias y actuaciones verificadas en el proceso: a) Con fecha 6 de julio de 2019 la Sociedad BK SpA dedujo demanda ejecutiva en contra de Cristián Eduardo Nazer Astorga, solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $19.136.898.-, más intereses y costas. La fundó en que el ej

Fallo

fallo de primer grado de veinticuatro de febrero de dos mil veinte, que acogió la excepción de prescripción extintiva opuesta y, en su lugar, la rechazó, ordenando seguir con la ejecución. Segundo: Que el recurrente de nulidad sustancial afirma que el fallo infringe el artículo 464 N° 17 del Código de Procedimiento Civil, los artículos 4 y 2514 del Código Civil, los artículos 98, 100 y 107 de la Ley N° 18.092 y el artículo 19 N° 2 y N° 3 de la Carta Fundamental, al rechazar la excepción opuesta. Sostiene, en síntesis, que la acción deducida se encuentra prescrita en mérito que el plazo comenzó a correr el 5 de julio de 2018 –fecha que se hizo exigible la obligación por haberse constituido en mora el deudor, o en defecto, la fecha del protesto el 31 de agosto de 2018- hasta el 11 de septiembre de 2019, data en que se notificó la demanda, habiéndose transcurrido con creces el plazo de un año exigido en la ley. Finaliza solicitando que se invalide la sentencia recurrida y se dicte una de reemplazo que acoja la excepción del numeral 17° del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil. Tercero: Que para una adecuada inteligencia de las cuestiones planteadas en el recurso, resulta pertinente considerar las siguientes circunstancias y actuaciones verificadas en el proceso: a) Con fecha 6 de julio de 2019 la Sociedad BK SpA dedujo demanda ejecutiva en contra de Cristián Eduardo Nazer Astorga, solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $19.136.898.

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Santiago, diecinueve de abril de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento ejecutivo de cobro de pagaré seguido ante el Décimo Octavo Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol C-21.305-2019, caratulado “BK SpA con Nazer”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por el ejecutado contra la sentencia dictada por

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