ANONIMIZADO
Rol
Fecha
29 de mayo de 2026
Materia
ALIMENTOS, AUMENTO
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por la parte recurrente en estrados, y teniendo en consideración que uno de los alimentarios vive con el padre en la actualidad, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N°19.968, se confirma la resolución apelada de veinticuatro de septiembre de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Familia de Melipilla, en causa RIT C-232-2025, con declaración que se regulan los alimentos provisorios en el equivalente a 10 UTM. Devuélvase. N° 1566-2025 Familia
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintinueve de mayo de dos mil veintiséis. A folio N°12: A lo principal: Téngase presente. Al otrosí: Como se pide. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por la parte recurrente en estrados, y teniendo en consideración que uno de los alimentarios vive con el padre en la actualidad, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N°19.968, se confirma
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