PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./SCHENKE
Rol
Fecha
29 de mayo de 2026
Materia
LEYES ESPECIALES NO SEÑALADAS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los
Fundamentos
fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo, los que esta Corte comparte.
Fallo
Por estas consideraciones, se confirma la sentencia apelada de veinte de noviembre de dos mil veinticinco, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de Santiago, en causa 13508-M-2024. Regístrese y comuníquese N°Policía Local-202-2026. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por el Ministro señor José Pablo Rodríguez Moreno, el Ministro (I) señor Guillermo Rodríguez González y la Abogado Integrante señora Magaly Carolina Correa Farías. En Santiago, veintinueve de mayo de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de mayo de dos mil veintiséis. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en
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