SIN INFORMACION

SANDOVAL CLAVEAU PABEL EDUARDO /COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (CLC)

Rol

Fecha

29 de mayo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Claudia Prado Lara Vega Díaz y deduce recurso de amparo en favor de Pabel Eduardo Sandoval Claveau actualmente privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, impugnando la resolución de 28 de abril de 2026 mediante la cual se rechazó la concesión del beneficio de libertad condicional correspondiente al primer semestre del presente año. SEGUNDO: Que la Comisión de Libertad Condicional evacúa informe y señala que el amparado fue postulado al beneficio de libertad condicional y que mediante resolución de 28 de abril pasado, por unanimidad de sus miembros, la Comisión rechazó la concesión del beneficio correspondiente al primer semestre de este año. Hace presente que la Comisión rechazó la concesión del beneficio de libertad condicional para el amparado teniendo presente que el análisis de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile no permitía hacer uso de la facultad establecida en el artículo 5° del Decreto Ley N° 321. Al respecto, consigna en su resolución que: “[…] en efecto, de los antecedentes analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante cumple una condena de 3 años y 1 día por robo con violencia, más 800 días por receptación y 541 días por maltrato de obra a Carabineros de Chile, manteniendo a la fecha un saldo de 1 año, 9 meses y 11 días. Registra mediano compromiso delictual, sin otorgamiento de beneficios intrapenitenciarios, y presenta 2 faltas graves el año 2023, una el año 2022 y otra el año 2021. Además, registra tres condenas previas, lo que da cuenta de reiteración delictual y de dificultades en la mantención de conductas prosociales estables en el tiempo. Presenta un nivel de riesgo de reincidencia alto, con necesidades de intervención relevantes en los ámbitos de historia delictual, uso del tiempo libre, relaciones con pares y actitud y orientación procrimi

Fundamentos

fundamentos que justifican la decisión que se reclama. En efecto, del análisis de los datos tenidos a la vista y reseñados en los motivos previos, puede colegirse que la recurrida, actuando en el ámbito de sus atribuciones, denegó la concesión de la libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación, la que, por cierto, se apoyó en los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile, y en la inteligencia que dentro de la esfera de las competencias que le son propias, le permitió concluir que el amparado no es merecedor, por ahora, de la misma. SÉPTIMO: Que en razón de todo lo dicho no cabe sino concluir que la Comisión no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el buen pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, por las razones que invoca y, por lo mismo, no puede estimarse que en la adopción de la determinación que se impugna haya incurrido en alguna ilegalidad.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 2 N° 3 del Decreto Ley N° 321 de 1925, 12 del Decreto Nº 338 de 2019, del Ministerio de Justicia y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso deducido en favor de Pabel Eduardo Sandoval Claveau, en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y archívese. N°Amparo-2311-2026.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de mayo de dos mil veintiséis. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Claudia Prado Lara Vega Díaz y deduce recurso de amparo en favor de Pabel Eduardo Sandoval Claveau actualmente privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, impugna

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