34º JUZGADO DEL CRIMEN DE SANTIAGO

C/BOCAZ ROCHA REINEL, OYARZO OYARZO LUIS-QTES.: AGRUPACION DE FAMILIARES DE EJECUTADOS POLITICOS, PROGRAMA CONTINUACION LEY 19123.(D)

Rol

28922-2021

Fecha

14 de abril de 2023

Materia

Criminal

Resultado

RECHAZA CASACION EN EL FONDO (M)

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Hechos

Vistos: En estos autos N° 1-2016, rol del 34º Juzgado del Crimen de Santiago, por resolución de treinta de noviembre de 2018, que rola a fojas 1718, en lo que interesa al recurso, se condenó a Luis Alberto Oyarzo Oyarzo, como autor del delito de homicidio calificado de Oscar Delgado Marín, ocurrido el 5 de octubre del 1973, a la pena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio y accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos públicos y oficios públicos y derechos políticos e inhabilitación absoluta de profesiones titulares mientras dure la condena, la que debe cumplir efectivamente Apelada esa decisión, la Corte de Apelaciones de Santiago la confirmó con declaración que queda condenado en calidad autor del delito de homicidio calificado de Oscar Delgado Marín, ocurrido el 5 de octubre del 1973, a la pena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio y accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos públicos y oficios públicos y derechos políticos e inhabilitación absoluta de profesiones titulares mientras dure la condena, la que debe cumplir efectivamente.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que la defensa del acusado Oyarzo sustenta su recurso de casación en el fondo en las causales previstas en el artículo 546 Nº 1 y 7 del Código de Procedimiento Penal, en relación con lo dispuesto en los artículos 15 N° 1, 103, 11 N° 9 todos del Código Penal y Ley 20.357. Funda su primer arbitrio en que se condenó al acusado como autor de un delito de homicidio calificado, siendo que no concurre la calificante de alevosía, dado como ocurrieron los hechos, las circunstancias que se citan en el considerando cuarto para estimar concurrente la calificante, que es necesaria para estimar el hecho como homicidio calificado, son de contexto y no guardan relación con lo que la jurisprudencia y la doctrina han entendido como alevosía, la que, en la especie, nunca concurrió y lo evidente, es que el sentenciado en caso alguno dio muerte al señor Delgado aprovechándose de las circunstancias a que alude el

Fallo

fallo recurrido. El señor Oyarzo, al momento de ocurrir los hechos, cumplía una función de vigilancia mientras el occiso era trasladado de lugar y si disparo en su contra, fue como reacción al hecho de haberse abalanzado hacia su persona.  Refiere que dispara en contra del fallecido señor Delgado, de manera circunstancial, cuando es atacado por éste, pues no de otra forma se explica la lesión de que dan cuenta los citados informes, que descartan que haya buscado darle muerte aprovechando las circunstancias que erradamente invoca el fallo en el considerando cuarto para dar por concurrente la agravante de la alevosía, y que, finalmente, es utilizada para calificar el hecho punible  En segundo lugar alega que la conducta, descrita en el fallo de primera instancia, en los considerandos 8 y 14, que hace suyo el fallo recurrido, está muy lejos de haber sido dolosa, pues, él no buscó ni persiguió la muerte del señor Delgado ni menos se aprovechó de circunstancias específicas para actuar sobre seguro, buscando darle muerte aprovechándose de la indefensión de la víctima; indica que estamos frente a una legítima defensa ante el ataque sorpresivo del que era víctima, cuando el occiso intentó arrebatarle su arma. Indica también que concurre esta causal de error de derecho, pues la sentencia recurrida cuya nulidad se pretende, incurre en el error en su considerando sexto, al hacer lugar a la pretensión de la querellante en orden a que no concurre la atenuante del numeral 9 del Código Pen

Texto Completo (Preview)

5 Santiago, catorce de abril de dos mil veintitrés. Vistos: En estos autos N° 1-2016, rol del 34º Juzgado del Crimen de Santiago, por resolución de treinta de noviembre de 2018, que rola a fojas 1718, en lo que interesa al recurso, se condenó a Luis Alberto Oyarzo Oyarzo, como autor del delito de homicidio calificado de Oscar Delgado Marín, ocurrido el 5 de octubre del 1973, a la pena de 10 años

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