SIN INFORMACION

PEÑA/ISAPRE CONSALUD S.A

Rol

Fecha

28 de mayo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que comparece Víctor Manuel Peña Soto, afiliado a Isapre Consalud S.A., quien interpone recurso de protección en contra de dicha institución de salud previsional, fundado en el aumento unilateral de la prima correspondiente a las Garantías Explícitas en Salud (GES) de su plan de salud, alza de la que tomó conocimiento mediante la publicación efectuada en el Diario Oficial de fecha 29 de diciembre de 2025, relativa a la aplicación del Decreto Supremo N°29 de 2025 y de las Circulares IF N°511 y N°516 de la Superintendencia de Salud. Señala que la recurrida informó que el nuevo precio GES ascendería a UF 0,731 mensuales por beneficiario, lo que representa un aumento aproximado de 21% respecto del valor anterior de UF 0,602. Sostiene que el actuar de la Isapre resulta ilegal y arbitrario, por cuanto el reajuste carecería de fundamentos objetivos, técnicos y verificables que expliquen adecuadamente la magnitud del aumento, considerando que el nuevo decreto solo incorporó tres nuevas patologías y ciertas modificaciones a prestaciones ya existentes. Expone que la comunicación del alza fue realizada mediante correo electrónico con posterioridad a su determinación y en forma paralela al alza del precio base del plan, generando confusión y afectando gravemente su patrimonio. Añade que la recurrida no ha explicitado las razones objetivas que justificarían la diferencia entre el incremento aplicado y los estudios de verificación del costo esperado GES elaborados por la autoridad sanitaria, afirmando que la recaudación derivada de estas alzas excedería ampliamente los recursos efectivamente requeridos para financiar las nuevas prestaciones. Refiere asimismo que, si bien los artículos 205 y 206 del DFL N°1 de Salud facultan a las Isapres para modificar la prima GES, dicha atribución no puede ejercerse en forma discrecional, debiendo sujetarse a criterios de razonabilidad, proporcionalidad y debida fundamentación. Indica que la recurrida no acreditó antecedentes serios ni estudios empíricos que sustenten el alza aplicada, especialmente considerando que las Isapres conocen el número de afiliados, edades y patologías de sus beneficiarios, además de existir un Fondo de Compensación Solidario destinado precisamente a equilibrar los riesgos asociados a las prestaciones GES. Agrega que la disparidad de incrementos entre las distintas Isapres evidencia la ausencia de parámetros uniformes y la necesidad de una justificación específica. Finalmente, sostiene que el acto recurrido vulnera las garantías constitucionales contempladas en el artículo 19 N°24 y N°9 de la Constitución Política de la República, relativas al derecho de propiedad y a la libre elección del sistema de salud, solicitando que se deje sin efecto el aumento de la prima GES y se mantenga el valor anterior. Segundo: Que evacua informe Isapre Consalud S.A., solicitando el rechazo íntegro del recurso de protección, con costas, argumentando que el aumento de la prima GES fue efectuado

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por Víctor Manuel Peña Soto en contra de Isapre Consalud S.A. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Nº242-2026 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, a veintiocho de mayo de dos mil veintiséis. Vistos y considerando: Primero: Que comparece Víctor Manuel Peña Soto, afiliado a Isapre Consalud S.A., quien interpone recurso de protección en contra de dicha institución de salud previsional, fundado en el aumento unilateral de la prima correspondiente a las Garantías Explícitas en Salud (GES) de su plan de salud, alza de la que tomó cono

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica