CAMPOS CAMPOS FERNÁNDES MATÍAS ALEJANDRO/?PORTAL CONCONALDIA Y OTRO?
Rol
Fecha
28 de mayo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, Matías Alejandro Campos Fernández, quien deduce acción de protección en contra del Portal Conconaldia (www.conconaldia.cl) y de la Empresa El Mercurio de Valparaíso S.A.P, por las publicaciones efectuadas el 8 de noviembre de 2025. Explica que, el 7 de noviembre de 2025 distintos medios de comunicación informaron que una persona habría sido sorprendida rompiendo carteles de propaganda electoral de las candidatas Camila Flores y Samira Chahuán en las cercanías de la comisaría de Reñaca. Señala que los medios El Mercurio de Valparaíso y La Estrella de Valparaíso, pertenecientes a la recurrida, publicaron su nombre en sus ediciones del 8 de noviembre de 2025, indicando además que registraba antecedentes por distintos delitos, entre ellos un abuso sexual. Agrega que, el medio digital Concón al Día, a través de su cuenta de Instagram, difundió adicionalmente una grabación de video de su persona siendo conducido por personal policial al interior de la Segunda Comisaría de Viña del Mar, sin que hubiera autorizado dicha filmación, la que se realizó en una zona restringida al público. Sostiene que, la información difundida es falsa y que fue objeto de un engaño por parte de personas ligadas a los comandos políticos involucrados. Indica que es una persona con discapacidad severa, que percibe una pensión que no supera los $200.000 pesos, y que el día de los hechos concurrió al lugar citado para trabajar. Refiere que, a consecuencia de las publicaciones perdió fuentes laborales que constituían su sustento económico, que su participación en su partido político fue suspendida por el tribunal supremo de la colectividad, y que su reputación ante la comunidad religiosa en que participa también resultó afectada. Añade que la noticia fue replicada por medios nacionales, generando una difusión de proporciones considerables, y que los medios involucrados no han respondido su solicitud de derecho a réplica. Sostiene que, los derechos constitucionales vulnerados corr
Fundamentos
considerando: Primero: Que, la acción constitucional de protección, consagrada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, ha sido establecida a favor de quien, por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales, sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de algunos de los derechos y garantías establecidas en el artículo 19 de la Carta Fundamental. Segundo: Que, a través de esta vía cautelar se impugnan las publicaciones efectuadas por el Portal Conconaldia en Instagram y las notas de prensa publicadas por la Empresa El Mercurio de Valparaíso S.A.P. el 8 de noviembre de 2025. Tercero: Que, la recurrida Empresa El Mercurio de Valparaíso S.A.P. informa, que el recurso versa sobre una materia reiteradamente rechazada por los Tribunales Superiores, que el recurrente fue detenido legalmente por amenazas con arma corto-punzante además de destrucción de propaganda, que la noticia publicada relata hechos objetivos y veraces de interés público conforme a la Ley N° N°19.733, que la vía idónea para rectificaciones es el procedimiento especial de la Ley N°19.733 y no el recurso de protección, y que el ejercicio de la actividad periodística no puede calificarse de acto ilegal o arbitrario Cuarto: Que, entendido el mérito de los antecedentes, resulta de manifiesto que las publicaciones realizadas en los medios de comunicación recurridos se refieren a hechos objetivos en ejercicio de la actividad periodística sobre hechos de interés público, sin incurrir en alguna conducta arbitraria o ilegalidad, por lo que se desestimará el presente arbitrio.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, sin costas, la acción de protección deducida en favor de Matías Alejandro Campos Fernández en contra del Portal Conconaldia y de la Empresa El Mercurio de Valparaíso S.A.P. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-8094-2025.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiocho de mayo de dos mil veintiséis. Vistos: A folio 1, Matías Alejandro Campos Fernández, quien deduce acción de protección en contra del Portal Conconaldia (www.conconaldia.cl) y de la Empresa El Mercurio de Valparaíso S.A.P, por las publicaciones efectuadas el 8 de noviembre de 2025. Explica que, el 7 de noviembre de 2025 distintos medios de comunicación i
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