MP/CASTRO URIBE, MARCELO ANDRÉS
Rol
Fecha
28 de mayo de 2026
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO Y CONSIDERANDO. 1.- Que, en primer término, corresponde abocarse a los supuestos fácticos por los cuales fue formalizado el imputado de autos y, si de ello, es posible inferir la existencia de los 3 delitos que de esa acción típica resultan plausibles. Que, es indudable que, conforme al mérito de la discusión y al video exhibido ante estrado, percibido por esta Corte por sus propios sentidos, el imputado al tiempo de los hechos mantenía en su poder un objeto que aparentaba ser un arma blanca. Así, se advierte de las características de esta, la forma de asirla, así como la manera de blandirla, por lo que ineludible es que, al menos, concurre el ilícito del artículo 288 bis de Código Penal, compartiéndose en esa parte dicha apreciación. Que, también, tanto el relato de la víctima, cuanto las actitudes del imputado realizadas al inicio de la secuencia de las imágenes obtenidas por la grabaciones de las cámaras, es posible aseverar la concurrencia del ilícito de amenazas del artículo 296 N°3 del Código Penal, ello tomando en cuenta que las acciones que se obtienen del actuar del imputado son las expresiones vertidas por éste en contra de la víctima, como también la exhibición de un objeto que en apariencia resulta ser un arma blanca, con lo cual se satisfacen los elementos normativos del tipo ya señalado. En este caso, será materia de la investigación, y de acuerdo a las diligencias que se practiquen, determinar la confluencia de un solo injusto, de acuerdo a si el plus del injusto del delito de amenazas subsume o no al de porte de arma blanca. Finalmente, respecto del delito de homicidio tentado, de la narrativa expuesta por el Ministerio Público, aparece que no es posible compartir su posición, en tanto los argumentos vertidos por este en audiencia, más que un delito tentado, parecieran ser dirigidos a uno frustrado y porque, además, de la secuencia gráfica exhibida en estrado no aparecen los elementos normativos y subjetivos del tipo penal que se inventaron,
Texto Completo (Preview)
La Serena, veintiocho de mayo de dos mil veintiséis. Siendo las 10:29 horas, ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por la Ministra señora Marcela Sandoval Durán e integrada por el Ministro señor Juan Carlos Espinosa Rojas y la abogada integrante señora Pía Bustos Fuentes, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defensa, en contra
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