MP.C/JOSÉ MANUEL ÁLVAREZ SALAZAR.
Rol
Fecha
27 de mayo de 2026
Materia
MALTRATO DE OBRA A CARABINEROS ART. 416 Y 416 BIS CODIGO DE JUSTICIA MILITAR
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Primero: Que, en la audiencia de control de detención de veintinueve de enero pasado, celebrada ante el Juzgado de Garantía de Talagante, que incide en la causa RIT 441-2026, seguida en contra del imputado José Manuel Álvarez Salazar, la defensa solicitó y obtuvo la declaración de ilegalidad de su detención, por considerar el tribunal a quo que no existían indicios suficientes para proceder a la detención del imputado. Segundo: Que, en contra de dicha resolución el Ministerio Público interpuso recurso de apelación, solicitando su revocación por haber sido ajustada a derecho la detención del imputado. Tercero: Que, se sostuvo por el Ministerio Público, respecto de los hechos que: “el día 29 de enero pasado, siendo aproximadamente las 00:15 horas, el requerido JOSE MANUEL ALVAREZ SALAZAR, se negó a entregar sus datos a funcionarios de Carabineros de chile, pese a que los funcionarios se encuentran legalmente autorizados para exigirlo, para luego agredir al funcionario el sargento 2° Bernardo Montaño Álvarez, quien se encontraba en el ejercicio de sus funciones, ejerciendo fuerza deliberada y dolosa en su brazo, ocasionándole lesiones de carácter leves, consistentes en “dolor a la movilidad de región muñeca específicamente región distal de radio” según apreciación del médico de turno del Sar María Eugenia Torres”. En mérito de lo anterior, cabe señalar que en la especie concurre el presupuesto del artículo 85 del Código Procesal Penal, ya que el imputado primero huye del lugar, se detiene y se baja del vehículo, momento en que se les solicitan los documentos, negándose a entregarlos, procediendo a su detención, resistiéndose a ser esposado, siendo trasladado a la unidad policial, lugar en el cual provocó lesiones a funcionarios policiales. Cuarto: Que, en consecuencia, la detención del imputado realizada luego de oponerse a entregar su identidad, se ajusta a lo establecido en el artículo 130 letra a) del Código Procesal Penal, en relación al inciso 4° del a
Fallo
se declara, que su detención fue ajustada a derecho. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 398-2026 Penal
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintisiete de mayo de dos mil veintiséis. A folio N°6: Téngase presente. Vistos: Primero: Que, en la audiencia de control de detención de veintinueve de enero pasado, celebrada ante el Juzgado de Garantía de Talagante, que incide en la causa RIT 441-2026, seguida en contra del imputado José Manuel Álvarez Salazar, la defensa solicitó y obtuvo la declaración de ilegalidad de su detenc
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