JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE COELEMU

GATICA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COELEMU

Rol

Fecha

27 de mayo de 2026

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE. 1°.- Que, la abogada, doña Verónica Barra Castillo, en representación de la recurrida, acompañó en esta instancia a folio 11, Acta de sesión ordinaria N°34/2023 del Concejo Municipal de Coelemu, celebrada el día miércoles 6 de diciembre de 2023. Refiere la recurrente que del documento acompañado es posible advertir, que la contraparte reconoce que la renuncia de la docente Rossana Gatica no tenía los requisitos legales, solicitando veinte millones de pesos para avenir con su representada, siendo dicha solicitud aprobada por el Concejo Municipal y que luego le habrían ofrecido sólo catorce millones de pesos, por lo cual la demandante no firmó el convenio. Que el documento daría cuenta de una confesión extrajudicial, mediante la cual el alcalde reconoce que la renuncia presentada por la recurrente no cumplía con los requisitos, de manera que reconoce la inexistencia del acto jurídico que pone término a la relación laboral por voluntad del trabajador. 2°.- Que, en el documento acompañado a folio 11 no consta un reconocimiento por parte de la Municipalidad de Coelemu respecto de que la renuncia de la docente Rossana Gatica Triviño no cumplía con los requisitos legales, por el contrario, el acta de sesión del Consejo Municipal da cuenta de una solicitud de autorización para transigir judicial o extrajudicialmente en una causa civil con la mencionada profesora, donde no se hace referencia a monto alguno y figura una declaración del alcalde de la municipalidad demandada relativa a que el procedimiento se genera por una renuncia de la docente, en desconocimiento de las formalidades, y que para llegar a un acuerdo, era necesario judicializar. En consecuencia, el documentado acompañado no da cuenta de aquello que argumenta la recurrente. 3°.- Que, el abogado, don Germán Manríquez Cuevas, en representación de la parte demandada, acompañó en esta instancia, a folio 18, los siguientes documentos: a) Copia de correo electrónico de fecha 24 de octub

Fundamentos

considerandos precedentes no alteran lo concluido por la sentenciadora del grado, en cuanto rechazó la demanda de falta de servicio y la demanda subsidiaria por “culpa contra la legalidad” deducidas por doña Rossana Gatica Triviño en contra de la Ilustre Municipalidad de Coelemu.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 186 y 227 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, sin costas, la sentencia apelada de seis de noviembre de dos mil veinticuatro. Regístrese y en su oportunidad, devuélvase conjuntamente con sus agregados. Redacción a cargo de la abogada integrante Vanessa Elizondo Cerda. No firma el Fiscal Judicial Solón Vigueras Seguel, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo, por encontrarse ausente en comisión de servicios. ROL N°922-2024-CIVIL

Texto Completo (Preview)

Chillán, veintisiete de mayo de dos mil veintiséis. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE. 1°.- Que, la abogada, doña Verónica Barra Castillo, en representación de la recurrida, acompañó en esta instancia a folio 11, Acta de sesión ordinaria N°34/2023 del Concejo Municipal de Coelemu, celebrada el día miércoles 6 de diciembre de 2023. Refiere la recurrente que del documento acompañado es posible advertir,

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