SIN INFORMACION

GONZALEZ AVILA DEMIAN ISMAEL / COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL (CLC)

Rol

Fecha

27 de mayo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece mediante formulario dispuesto al efecto Edith Zunino, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Demian Ismael González Ávila, actualmente privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones, por haber rechazado su postulación al beneficio del mismo nombre, correspondiente al primer semestre del año en curso. SEGUNDO: Que, por la Comisión de Libertad Condicional, evacuó informe su presidenta, ministra señora Lidia Poza Matus, quien señaló que el amparado fue postulado al beneficio de libertad condicional y que mediante resolución de fecha 28 de abril pasado, por unanimidad de sus miembros, la Comisión rechazó la concesión del beneficio correspondiente al primer semestre de este año. Hace presente que la Comisión rechazó la concesión del beneficio de libertad condicional para el amparado, teniendo presente que el análisis de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile no permitía hacer uso de la facultad establecida en el artículo 5 del Decreto Ley N° 321. Al respecto, consigna en su resolución que: “[…] en efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante es un interno de mediano compromiso delictual y con elevado riesgo de reincidencia. Se observa insuficiente conciencia del delito, si bien, asume su participación en los hechos delictivos, por los cuales cumple condena, utiliza mecanismos de defensa como la justificación de estos, la minimización de la gravedad de su actuar Se encuentra en el estadio de disposición al cambio en "contemplación", planteándose la posibilidad de abandonar las conductas contraculturales presentadas en su historia de vida, no obstante, se muestra ambivalente en las acciones concretas que debe desarrollar. No goza de beneficios intrapenitenciarios.” TERCERO: Que la Comisión de Libertad Condicional acompañó los antecedent

Fundamentos

fundamentos que justifican la decisión que se reclama. SÉPTIMO: Que, del análisis de los datos tenidos a la vista y reseñados en los motivos previos, puede colegirse que la recurrida, actuando en el ámbito de sus atribuciones, denegó la concesión de la libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación, la que, por cierto, se apoyó en los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile, y en la inteligencia que dentro de la esfera de las competencias que le son propias, le permitió concluir que el amparado no es merecedor, por ahora, de la misma. OCTAVO: Que, como corolario, en concepto de esta Corte, la Comisión no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el buen pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, por las razones que invoca y, por lo mismo, no puede estimarse que en la adopción de la determinación que se impugna haya incurrido en alguna ilegalidad.

Fallo

Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del D.L. N° 321 de 1925, 12 del Decreto N° 338 de 2019, del Ministerio de Justicia y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de Demian Ismael González Ávila en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la esta Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Amparo-2123-2026.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de mayo de dos mil veintiséis. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece mediante formulario dispuesto al efecto Edith Zunino, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Demian Ismael González Ávila, actualmente privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de e

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