SIN INFORMACION

CAMPOS COFRE, MIGUEL ÁNGEL/GENDARMERÍA DE CHILE

Rol

Fecha

27 de mayo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

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ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Pablo César Armijo Granadino, abogado, interponiendo recurso de amparo constitucional en favor de Miguel Ángel Campos Cofré, en contra de Gendarmería de Chile, específicamente del Complejo Penitenciario La Serena, por estimar ilegal y arbitraria la decisión de excluirlo del proceso de postulación a libertad condicional del primer semestre de 2026. Señala que el amparado cumple condena de 10 años y un día por el delito de tráfico ilícito de drogas, con inicio de condena el 05 de octubre de 2019 y término el 24 de agosto de 2029. Asimismo, sostiene que el tiempo mínimo para postular a libertad condicional se cumplió el 30 de noviembre de 2025. Indica que el interno mantenía cuatro bimestres de conducta “muy buena”, correspondientes a julio-agosto, septiembre-octubre, noviembre-diciembre de 2025 y enero-febrero de 2026, cumpliendo así las exigencias vigentes al momento de cometer el delito. Sin embargo, Gendarmería habría exigido seis bimestres consecutivos de conducta “muy buena”, aplicando modificaciones introducidas por la Ley N°21.627 y el Decreto Ley N°321 con posterioridad a los hechos por los cuales fue condenado. Sostiene que ello vulnera el principio de irretroactividad de la ley penal desfavorable y el principio de confianza legítima, ya que al momento de la comisión del delito bastaban cuatro bimestres de conducta para acceder al beneficio. Argumenta además que la libertad condicional constituye un derecho subjetivo del condenado que cumple los requisitos legales y que la actuación de Gendarmería afecta la libertad personal del amparado. Finalmente, solicita que se acoja el recurso de amparo y se ordene a Gendarmería incluir al interno en la nómina de postulantes al proceso de libertad condicional del primer semestre de 2026. SEGUNDO: Que evacuó informe Gendarmería de Chile solicitando su rechazo. Indica que el amparado se encuentra cumpliendo condena por tráfico ilícito de estupefacientes, delito comprendido dentro de aquellos regulados por el artículo 3° inciso tercero del Decreto Ley N°321, respecto de los cuales se exige el cumplimiento de dos tercios de la condena para postular a libertad condicional. Sin embargo, sostiene que el amparado no reunía todos los requisitos legales para ser propuesto en el último proceso de libertad condicional, pues no mantenía seis bimestres consecutivos de conducta “muy buena”, exigencia prevista actualmente en el artículo 3° inciso cuarto del Decreto Ley N°321. Menciona que el interno registró conducta “buena” en el período mayo-junio de 2025, razón por la cual no cumplió con la continuidad requerida para ser incluido en la nómina de postulantes. Señala que Gendarmería solo aplicó la normativa vigente y que ello constituye una actuación reglada y ajustada a derecho. Finalmente, señala que la materia discutida corresponde a una cuestión administrativa relativa a requisitos de postulación a beneficios penitenciarios, la que no configura una privación, perturb

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Campos Cofré, Miguel Ángel Gendarmería de Chile Recurso de amparo Rol N°351-2026.- La Serena, veintisiete de mayo de dos mil veintiséis. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Pablo César Armijo Granadino, abogado, interponiendo recurso de amparo constitucional en favor de Miguel Ángel Campos Cofré, en contra de Gendarmería de Chile, específicamente del Complejo Penitenciario La Serena, po

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