ISAAC FARÍAS LOYOLA/ANDREA SUAZO QUIROZ
Rol
Fecha
27 de mayo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR.
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que al folio N° 1, comparece don Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario, en favor de Isaac Antonio Farias Loyola, RUN N° 17.149.176-2, actualmente privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario (CCP) de Cauquenes, quien deduce acción constitucional de amparo en contra de Andrea Suazo Quiroz, jueza subrogante del Juzgado de Garantía de Cauquenes, quien de manera infundada (ilegal) decidió autorizar dos sanción disciplinaria solicitada por Gendarmería de Chile en contra del amparado, afectando su derecho a la libertad personal y seguridad individual de la forma en que se detalla más adelante. Manifiesta que consta en causa RIT N° 556-2026 del Juzgado de Garantía de Cauquenes, en audiencia del 7 de mayo del año el curso, se llevó a cabo audiencia para impugnación de sanción disciplinaria penitenciaria. La sanción penitenciaria fue informada al tribunal por medio de Ord. N° 1211/26. En el parte, se indica que el 31 de marzo se realiza una revisión de celdas del módulo 6, encontrando varios elementos prohibidos y, al amparado, manipulando un celular. Estos hechos fueron calificados como falta grave del artículo 78, letra j) del D. N° 518 (introducción o tenencia de elementos prohibidos). La defensa reclamó que no existía ninguna evidencia acompañada al parte disciplinario que pudiera dar por probados los hechos que se imputan. No existe fotografía, aparato celular, ni otra evidencia que pudiera confirmar los hechos del parte. Lo único que existe es la declaración de un funcionario de GENCHI que refiere haber descubierto al amparado manipulando el celular, el cual intenta esconder una vez que nota su presencia, circunstancia que por lo demás resulta completamente inverosímil dado que se trató de un registro de más de una celda de un módulo especifico y que conllevó un bullicio que alertó a los internos. Indica que la jueza recurrida decide rechazar la solicitud de la defensa y confirmar la sanción disciplinaria sin hacerse cargo de los argumentos planteados por este interviniente. La jueza sustituye la motivación racional de su decisión por una acrítica hacia la autoridad administrativa, configurando un actuar ilegal por la falta de fundamentación, perturbando el derecho a la libertad personal y seguridad individual pues, más allá de la privación de visita que sufrió como sanción el amparado, conllevó un descenso en la calificación de la conducta del amparado, quien después de observar más de dos años de Muy Buna conducta y encontrarse en el módulo laboral de la unidad, actualmente desciende su calificación estando impedido de poder postular a beneficios penitenciarios de salidas que contribuyan a su reinserción social. Señala que, en el caso de marras, la ilegalidad reclamada consiste en la ausencia de fundamentación de la decisión judicial que autorizó la sanción disciplinaria en contra del amparado y la falta de control de la pena privativa de libertad. Y cita jurisprudencia en se sentido.
Fallo
Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo interpuesto por Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario, en favor de Isaac Antonio Farias Loyola, en contra de Andrea Suazo Quiroz, jueza del Juzgado de Garantía de Cauquenes. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y archívese en su oportunidad. N° Amparo-478-2026.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, veintisiete de mayo de dos mil veintiséis. Vistos y considerando: Primero: Que al folio N° 1, comparece don Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario, en favor de Isaac Antonio Farias Loyola, RUN N° 17.149.176-2, actualmente privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario (CCP) de Cauquenes, quien deduce acción constitucional de amparo en contra
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