13º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BANCO ITAÚ CHILE S.A./FUENTES

Rol

Fecha

27 de mayo de 2026

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente:           Que al tenor de las cláusulas contenidas en las Bases de Remate propuestas por la parte ejecutante y aprobadas por el tribunal por resolución que se encuentra ejecutoriada, el demandante puede adjudicarse el inmueble con cargo al crédito que cobra en autos y “en cuanto a la adjudicación con cargo a otros créditos, sólo procederá respecto de aquellos judicialmente reconocidos en el procedimiento pertinente y que se hayan hecho valer oportunamente en la causa”, de manera tal que corresponde acceder a la petición del banco demandante en tal sentido, atendido el mérito de la documentación acompañada en el segundo otrosí de la presentación correspondiente al folio 19 del cuaderno de apremio.           Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de cinco de noviembre de dos mil cinco, dictada por el Décimo Tercer Juzgado Civil de Santiago en la causa Rol C-14.060-2023, y en su lugar se declara que se accede a la petición formulada en la presentación correspondiente al folio 19 y, en consecuencia, se habilita al banco ejecutante para hacer valer en el presente proceso el crédito cobrado en el juicio seguido bajo el Rol C-751-2024 ante el Trigésimo Juzgado Civil de Santiago y aplicar a esa acreencia el producto del remate o adjudicarse el inmueble con cargo a la misma.           Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo.           N° 20.551-2025.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de cinco de noviembre de dos mil cinco, dictada por el Décimo Tercer Juzgado Civil de Santiago en la causa Rol C-14.060-2023, y en su lugar se declara que se accede a la petición formulada en la presentación correspondiente al folio 19 y, en consecuencia, se habilita al banco ejecutante para hacer valer en el presente proceso el crédito cobrado en el juicio seguido bajo el Rol C-751-2024 ante el Trigésimo Juzgado Civil de Santiago y aplicar a esa acreencia el producto del remate o adjudicarse el inmueble con cargo a la misma.           Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo.           N° 20.551-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de mayo de dos mil veintiséis.           Vistos y teniendo presente:           Que al tenor de las cláusulas contenidas en las Bases de Remate propuestas por la parte ejecutante y aprobadas por el tribunal por resolución que se encuentra ejecutoriada, el demandante puede adjudicarse el inmueble con cargo al crédito que cobra en autos y “en cuanto a la adjudi

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