MINISTERIO PUBLICO C/ ROBERTO IGNACIO MORALES PRADINES
Rol
Fecha
27 de mayo de 2026
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: 1°) Que se elevan estos antecedentes por la apelación interpuesta por la defensa del condenado Roberto Ignacio Morales Pradines, en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que revocó la pena sustitutiva de remisión condicional, y ordenó el cumplimiento efectivo del saldo de la pena, de cuarenta y un días de prisión en su grado medio, por el delito de tráfico de estupefacientes en pequeñas cantidades. 2°) Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, consta en autos que, con posterioridad a la condena impuesta en la sentencia dictada en esta causa, de 22 de abril de 2022, el encausado fue condenado en la causa RIT 4373-2023 tramitada ante el mismo Tribunal, por sentencia de 10 de diciembre de 2023, en calidad de autor del delito de hurto simple y por hechos ocurridos el día 1 de junio de 2023. En consecuencia, mientras el penado se encontraba sujeto a la pena sustitutiva de remisión condicional, fue condenado por un simple delito, verificándose la hipótesis de revocación de pleno derecho, por quebrantamiento, prevista en el artículo 27 de la Ley 18.216, esto es: “Las penas sustitutivas reguladas en esta ley siempre se considerarán quebrantadas por el solo ministerio de la ley y darán lugar a su revocación, si durante su cumplimiento el condenado cometiere nuevo crimen o simple delito y fuere condenado por sentencia firme.” 3°) Que, en forma expresa el artículo 27 de la Ley 18.216 establece que tal quebrantamiento “dará lugar a su revocación” de la pena sustitutiva, sin posibilidad de ser intensificada, como plantea la defensa, pues tal precepto no admite dicha opción, a diferencia de su artículo 25, para otras hipótesis de incumplimiento a las condiciones impuestas. Por estos
Fundamentos
fundamentos y lo previsto en los artículos 27 y 37 de la Ley 18.216 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución en alzada de veintidós de marzo de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que revocó la pena sustitutiva de remisión condicional y ordenó el cumplimiento efectivo del saldo de la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado medio, impuesta por el delito de tráfico de estupefacientes en pequeñas cantidades al condenado Roberto Ignacio Morales Pradines. No firma el Fiscal Judicial (S) don Rodolfo Maldonado Mansilla, quien concurrió a su vista y acuerdo por haber concluido su cometido funcionario. Devuélvase. Rol Penal 343-2025.-
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veintisiete de mayo de dos mil veintiséis. Vistos: 1°) Que se elevan estos antecedentes por la apelación interpuesta por la defensa del condenado Roberto Ignacio Morales Pradines, en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que revocó la pena sustitutiva de remisión condicional, y ordenó el cumplimiento efectivo del saldo de la pena, de cuarenta y
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