SIN INFORMACION

EVELYN CAROLINA SILVA MAHNCKE /COMISION LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

27 de mayo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Mauricio de la Hoz Mardones, defensor penal público penitenciario, interpone acción constitucional de amparo en favor de Evelyn Carolina Silva Mahncke y en contra de la Comisión de Libertad condicional, por haber rechazado su postulación al beneficio de libertad condicional el 14 de abril del presente. Refiere que su representada cumple íntegramente con los requisitos legales y reglamentarios para acceder a la libertad condicional. Expone que se encuentra cumpliendo condena en el Centro Penitenciario Femenino de Santiago por delitos de tráfico de drogas y delito contra la salud pública, registrando como fecha de inicio de condena el 25 de mayo de 2023 y como fecha de término el 20 de noviembre de 2027. Añade que el tiempo mínimo para optar al beneficio se verificó el 24 de mayo de 2026, que su conducta en los últimos seis bimestres ha sido calificada como “Muy Buena” y que fue postulada por Gendarmería de Chile en abril del presente año, luego de cumplir con todos los requisitos previstos en el Decreto Ley N°321, su reglamento y la normativa complementaria. Indica que no obstante lo anterior, la Comisión de Libertad Condicional rechazó su postulación, fundando su decisión en que la interna presenta un mediano compromiso delictual, un nivel alto de riesgo de reincidencia, alta necesidad de intervención respecto de pares criminógenos, necesidad de seguir avanzando en la identificación y fortalecimiento de roles prosociales, y una conciencia del daño y mal causado aún en desarrollo, concluyendo por ello que no cumplía con el requisito del artículo 2 N°3 del Decreto Ley N°321. Alega que dicho fundamento es ilegal y arbitrario, puesto que la modificación introducida por la Ley N°21.627 al inciso tercero del artículo 2 del citado cuerpo legal exige únicamente contar con un informe psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile que oriente acerca de los factores de riesgo de reincidencia, antecedentes sociales, características de

Fundamentos

fundamentos suficientes, motivo por el cual el presente recurso de amparo será desestimado. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de Evelyn Carolina Silva Mahncke en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°703-2026 Amparo

Texto Completo (Preview)

Certifico que para la vista de la presente causa la sala se integra extraordinariamente con el ministro señor Sergio Córdova Alarcón, en reemplazo del ministro señor Carlos Farías Pino, lo que se puso en conocimiento del interviente. En San Miguel, a 27 de mayo de 2026. Carolina Cordero Jara, relatora. San Miguel, veintisiete de mayo de dos mil veintiséis. Al escrito folio N°11: Téngase presente.

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