RUIZ RUZ JUAN ALEJANDRO / COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL (CLC)
Rol
Fecha
27 de mayo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece Natalia Sepúlveda Múñoz, en favor de Juan Alejandro Ruiz Ruzel, actualmente privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, quien interpone acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado otorgar la libertad condicional al amparado. Segundo: Que, requerida al efecto, la Comisión de Libertad Condicional evacuó el informe respectivo, señalando que el amparado fue postulado al beneficio por el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I y que, mediante resolución dictada el 28 de abril de 2026, por unanimidad de sus miembros, se rechazó la concesión correspondiente al primer semestre de 2026. Hace presente que la Comisión rechazó la concesión del beneficio de libertad condicional para el amparado, teniendo presente que el análisis de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile no permitía hacer uso de la facultad establecida en el artículo 5 del Decreto Ley N°321. Al respecto, consigna en su resolución que: “entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante es un interno de mediano compromiso delictual, multi-reincidente y que arroja un nivel medio de riesgo de reincidencia. Cabe señalar que se considera necesario trabajar y reforzar aquellos factores de riesgo de reincidencia específica identificados, por medio de la ejecución de su PII, ya que es posible identificar que logra generar, de manera incipiente, un discurso coherente a su situación personal y las consecuencias de su conducta criminal, no obstante, estos recursos adquiridos no se consideran suficiente para un eventual cumplimiento en libertad”. Tercero: Que, la Comisión acompañó los antecedentes de postulación del amparado, consistentes en el formulario consolidado e informe de postulación psicosocial, de los que se extrae que el interno tiene 28 años, presenta un mediano compromiso delic
Fundamentos
motivos previos, puede colegirse que la recurrida, actuando en el ámbito de sus atribuciones, denegó la concesión de la libertad condicional solicitada por el recurrente contando dicha decisión con la debida fundamentación, la que, por cierto, se apoyó en los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile y en la inteligencia que dentro de la esfera de las competencias que le son propias le permitió concluir que el amparado no es merecedor, por ahora, de la misma. Séptimo: Que, en consecuencia, es posible concluir que la Comisión no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el buen pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, por las razones que invoca y, por lo mismo, no puede estimarse que en la adopción de la determinación que se impugna haya incurrido en alguna ilegalidad.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 2° N°3 del DL N°321 de 1925, 12 del Decreto Nº338 de 2019 del Ministerio de Justicia y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso deducido en favor de Juan Alejandro Ruiz Ruzel y en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y comuníquese. N° Amparo-2178-2026.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de mayo de dos mil veintiséis. Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece Natalia Sepúlveda Múñoz, en favor de Juan Alejandro Ruiz Ruzel, actualmente privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, quien interpone acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de San
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