SIN INFORMACION

MOYA/DIRECCION DE COMPRAS PUBLICAS

Rol

Fecha

27 de mayo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO. Comparece Valentina Manzur Toro, abogada, en favor de Óscar Moya Valenzuela, interponiendo recurso de protección en contra de la Dirección de Compras y Contratación Pública, por haber dictado la Resolución N° 331-A de 8 de octubre de 2025 que rechazó el recurso de reposición deducido en contra de la Resolución Exenta N° 303 de 2025, y que afina el sumario administrativo dispuesto por Resolución Exenta N° 212-A/2025, materializando con ello la medida disciplinaria de destitución en contra del recurrente, actuación que considera ilegal y arbitraria, vulnerando con ello los derechos fundamentales del recurrente a la igualdad ante la ley, al debido proceso y al derecho de propiedad, consagrados en el artículo 19 N° 2, en relación con el N° 3, y N° 24, de la Constitución Política de la República. Relata que el 27 de mayo de 2025, mediante la Resolución Exenta N° 212-A, la Dirección de Compras y Contratación Pública instruyó un sumario administrativo en su contra con motivo de lo informado en el Oficio N° E82804/2025 de la División de Fiscalización de la Contraloría General de la República, el cual adjuntó un listado de funcionarios de dicha Dirección que, conforme a los registros oficiales, habrían salido del territorio nacional encontrándose en uso de licencia médica durante los años 2023 y 2024, todo ello en el marco de la publicación del Consolidado de Información Circularizada N° 9. De acuerdo con los antecedentes reunidos en el expediente sumarial, el recurrente habría salido del país entre el viernes 13 y martes 17 de octubre de 2023, encontrándose en ese periodo con licencia médica de carácter psiquiátrico, vigente desde el día 6 y hasta el día 20 de octubre de ese mismo año, otorgada por un periodo de quince días de reposo laboral total. En lo que respecta a los cargos formulados, el 31 de julio de 2025 fue notificado personalmente el recurrente del oficio que describió el hecho imputado y cargo pertinente. El cargo único co

Fundamentos

fundamentos jurídicos del recurso, sostiene que la sanción de destitución aplicada infringe el artículo 125 de la Ley N° 18.834, cuyas causales son taxativas y exigen, para su procedencia, que los hechos constitutivos de la infracción vulneren gravemente el principio de probidad administrativa y el principio de proporcionalidad de las sanciones. En cuanto a la forma en que el recurso estima vulnerados los derechos constitucionales del recurrente, se señala que la resolución impugnada infringe el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, que garantiza la igualdad ante la ley y proscribe las diferencias arbitrarias, toda vez que la sanción de destitución fue aplicada sin que se acreditara una infracción grave al principio de probidad, sin motivación suficiente y con infracción al principio de tipicidad, importando además una violación al debido proceso administrativo, en cuanto no se respetó la exigencia de un cargo preciso, no se ponderaron los atenuantes y se aplicó retroactivamente normativa desfavorable. Paralelamente, se vulnera el artículo 19 N° 24 del mismo texto constitucional, que garantiza el derecho de propiedad, en tanto el recurrente ostenta un derecho incorporado a su patrimonio respecto de su carrera funcionaria, estabilidad en el empleo y remuneraciones, de las que ha sido privado de manera ilegítima y arbitraria mediante una destitución carente de sustento jurídico.

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se deje sin efecto la medida disciplinaria de destitución aplicada mediante la resolución N° 331-A de 8 de octubre de 2025, que rechazó el recurso de reposición interpuesto en contra de la Resolución Exenta N° 303 de 2025 de la Dirección de Compras y Contratación Pública, disponiendo en consecuencia la absolución del recurrente o, en subsidio, la aplicación de una sanción administrativa proporcional a los hechos imputados. Asimismo, pide que se ordene la inmediata reincorporación del recurrente a sus funciones y el pago íntegro de todas las remuneraciones no percibidas desde la fecha en que se hizo efectiva la destitución hasta su efectiva reincorporación al servicio, con costas, o con todas las demás medidas que el Tribunal estime necesarias para restablecer el imperio del derecho y las garantías constitucionales vulneradas. SEGUNDO. Remitió informe la Dirección de Compras y Contratación Pública, y expresa que, en cuanto a los antecedentes del proceso sumarial dispuesto en contra del recurrente mediante la Resolución Exenta N° 212-A/2025 de 27 de mayo de 2025, se trata de un funcionario a contrata grado 5° del estamento profesional, y tiene su génesis en la información proporcionada por la Contraloría General de la República en el marco del Consolidado de Información Circularizada N° 9, mediante el cual se adjuntó un listado de funcionarios que habrían salido del país encontrándose con licencia mé

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de mayo de dos mil veintiséis. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO. Comparece Valentina Manzur Toro, abogada, en favor de Óscar Moya Valenzuela, interponiendo recurso de protección en contra de la Dirección de Compras y Contratación Pública, por haber dictado la Resolución N° 331-A de 8 de octubre de 2025 que rechazó el recurso de reposición deducido en cont

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica