SIN INFORMACION

FAÚNDEZ/ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A.

Rol

Fecha

27 de mayo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: La comparecencia de Jorge Faúndez Pinto, cédula nacional de identidad N°12.442.394-5, domiciliado para estos efectos en calle Lord Cochrane 2115, Antofagasta, quien interpone recurso de protección en contra de la Isapre COLMENA GOLDEN CROSS RUT 76.296.619-0., representada legalmente por doña Carola Schwencke Reyes, ambos domiciliados en 14 de febrero, 1796, de Antofagasta, por vulnerar la garantía constitucional establecida en el artículo 19 N°9 y otros de la Constitución Política de la República, solicitando se deje sin efecto la decisión comunicada el día 17 de marzo de 2026 que negó el pago de subsidios por una supuesta prescripción, por ser un acto ilegal y arbitrario, ordenándose el cumplimiento establecido por COMPIN sin perjuicio que se adopten las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. La recurrida evacuó el informe solicitando el rechazo del recurso por improcedente. Atendido el tenor del recurso se solicitó informe a la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) quien evacuó el informe al tenor de lo solicitado. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurrente indica que el 17 de marzo del presente año, recibió comunicación escrita de puño y letra de una funcionaria, con la respuesta de la recurrida a su solicitud de pago de subsidios, respecto de licencia médica con una respuesta negativa, aun cuando se ha obtenido recurso positivo desde el COMPIN. Refiere que desde marzo de 2016 está afiliado a ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS y a partir de esa fecha ha recibido atenciones médicas que acreditará en la etapa procesal pertinente. Hace presente que entre los días 28 de abril de 2025 y 12 de mayo del mismo año, se le otorgó reposo médico por procedimiento realizado, consistente en un innovador implante de cabello y por un problema administrativo, no imputable a su persona, presentó reclamo contra Isapre Colmena por el rechazo de su licencia médica (folio 4-21297598), emitida por la Dra. Michelle Mauret, por un error administrativo en el RUT del empleador, lo que fue corregido, pero que generó un retraso en el proceso. Explica que la Dra. Mauret ingresó incorrectamente el RUT de su empleador al emitir la licencia y al ser informado por RR.HH. de la empresa sobre el error, no fue posible tramitarla, lo que generó una demora en la corrección, y una vez subsanado el error, se emitió una nueva licencia con el RUT correcto, pero la Isapre rechazó el trámite sin considerar que el error fue meramente administrativo. Añade que el derecho a licencia estaba justificado y la demora en la corrección no le fue atribuible, sino a un problema en la emisión inicial, por lo que solicitó la revocación del rechazo, porque el error en el RUT no invalida el fundamento médico de la licencia. Seguidamente reprodujo el contenido del reclamo realizado ante Compin por el no pago de subsidios de licencia médica antes indicada, añadiendo que, respecto a esa resolución, se presentó dentro de plazo, el respectivo recurso de reposición el cual obtuvo un resultado positivo el día 14 de octubre de 2025 y en definitiva se otorgó la orden de pago a la Isapre, la cual hasta el día de hoy no ha cumplido. Indica que una vez emitida la resolución que acoge el recurso de reposición el día 14 de octubre de 2025, tomó conocimiento tiempo después de dicha resolución, al ingresar al sitio web de Compin, ya que, cómo no sabía qué había ocurrido, ingresó al sitio y encontró la resolución que aún no había sido notificada, por lo que con ella, ya en marzo de 2026 concurrió a la Isapre, entregándosele instrucciones de acompañar liquidaciones de sueldo y otros documentos, pero el día 17 de marzo al concurrir nuevamente a la Isapre, una funcionaria le entregó sin mayor información y con escaso conocimiento de lo que estaba pasando, un papel con la resolución respecto al caso en comento, cuyo texto reproduce, tomando conocimiento en ese momento de la negativa de la Isapre, lo que configura un acto arbitrario e ilegal, porque ha cumplido en todo momento con el procedimiento administrativo de reclamo, el cual siempre

Fallo

por lo expuesto se dispuso la autorización pendiente a pago de subsidios de la licencia médica tramitada como trabajador dependiente, ya que, a la fecha no han sido aportados los antecedentes para conformar la base de cálculo que son las liquidaciones de sueldo de los meses de enero - febrero - marzo 2025, y además, certificado de cotizaciones previsionales al menos 6 meses antes inicio licencia médica, y de esa forma no ha acreditado los requisitos dispuestos en el artículo 4 del D.F.L ya citado, por lo que no se ha pagado el subsidio porque faltan los antecedentes para poder determinar si es que se cumplen los requisitos para tener derecho al mismo, así como los antecedentes para conformar la base de cálculo, añadiendo que el afiliado puede aportar los antecedentes en el link que indica y hacer seguimiento de su caso, no siendo efectivo que no se quiera pagar el subsidio, pues, simplemente se está a la espera de que se aporten los antecedentes. Expresa que respecto al papel que señala le entregaron en una sucursal del país, aunque no señala cuál, asumen que es de Antofagasta, pero no saben bajo qué contexto se lo entregaron y tampoco es un papel que tenga membrete, firma o timbre de la Isapre, por lo que a pesar de haber intentado averiguar qué pasó, con la falta de información no se pudo recabar más allá. Afirma que no es efectivo lo señalado en el recurso, en el sentido de que su parte hubiera actuado injustificadamente o de manera arbitraria y menos de forma ilegal, y

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a veintisiete de mayo de dos mil veintiséis. VISTOS: La comparecencia de Jorge Faúndez Pinto, cédula nacional de identidad N°12.442.394-5, domiciliado para estos efectos en calle Lord Cochrane 2115, Antofagasta, quien interpone recurso de protección en contra de la Isapre COLMENA GOLDEN CROSS RUT 76.296.619-0., representada legalmente por doña Carola Schwencke Reyes, ambos domiciliad

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