URRUTIA ROJAS, GUILLERMO JOSÉ/GENDARMERÍA DE CHILE
Rol
Fecha
27 de mayo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y considerando. Primero. Que comparece Haslie María Paz Bustamante Vargas, defensora penal penitenciaria, quien recurre de amparo en favor de Guillermo José Urrutia Rojas, privado de libertad en calidad de condenado en el Complejo Penitenciario La Serena, en contra Gendarmería de Chile, por aplicar sanción que incide en su baja de su conducta, perdiendo su visita conyugal y la posibilidad de postular a beneficios intrapenitenciarios, junto con meses por conducta sobresaliente, requiriendo se declare la nulidad de la medida, y se retraiga su situación a muy buena conducta, recuperando sus beneficios. Expone que su representado cumple una condena de diez años y un día por el delito de homicidio simple, con fecha de término para el 5 de octubre de 2017 (sic), manteniendo muy buena conducta por seis años. Precisa que, el 25 marzo de 2026, a las 10:30 horas, en dependencias del Complejo Penitenciario Huachalalume, su representado se encontraba en el módulo 45, momento en que se realizó un allanamiento extraordinario, encontrando funcionarios de la recurrida, en poder de un tercero, $2.640.000, lo que motivó que varios internos intentaron explicar a los funcionarios la procedencia de ese dinero, el que pertenecía al comité del patio por economato, venta de cigarros o campeonatos, pretendiendo que no le cursaran sanción. Hace presente que su representado fue llevado al patio para revisión, informándoseles que no se aplicaría sanción, pero era necesario que alguien se hiciera responsable del dinero, porque no están autorizados a mantener más de una unidad tributaria mensual intramuros, haciéndose cargo el amparado para gestionar su retiro desde la unidad penal, dando el nombre de su pareja, firmando un documento en el que constaba el funcionario que había encontrado el dinero, el monto del mismo y que la pareja de su representado haría su retiro. Relata que, en este contexto, el 2 de abril del presente año, el amparado fue notificado de un castigo por cometer una
Fundamentos
motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto en favor de Guillermo José Urrutia Rojas en contra de Gendarmería de Chile. Comuníquese, regístrese y, en su oportunidad, archívese. Rol Amparo número 330-2026.
Texto Completo (Preview)
Urrutia Rojas Guillermo José Gendarmería de Chile Recurso de amparo Rol número 330-2026 La Serena, veintisiete de mayo de dos mil veintiséis. Visto y considerando. Primero. Que comparece Haslie María Paz Bustamante Vargas, defensora penal penitenciaria, quien recurre de amparo en favor de Guillermo José Urrutia Rojas, privado de libertad en calidad de condenado en el Complejo Penitenciario La Se
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