1º JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PEUMO

MP C/ ROLANDO ZACARÍAS NORAMBUENA PARRA

Rol

Fecha

27 de mayo de 2026

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: 1°) Que, se alza la defensa del imputado Rolando Zacarías Norambuena Parra en contra de la resolución dictada el veinte de mayo de dos mil veintiséis por el Juzgado de Letras y Garantía de Peumo, que decretó a su respecto la medida cautelar de prisión preventiva, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. 2°) Que, la defensa reprocha la decisión recurrida por estimarla desproporcionada, sosteniendo, que no existirían antecedentes suficientes para presumir fundadamente la participación de su representado en calidad de autor del delito formalizado. Añade que la imputación descansaría en fotografías, videos, conversaciones y antecedentes de georreferenciación que no permitirían situarlo de manera directa en la ejecución del hecho, y que, aun de estimarse alguna intervención, esta podría corresponder a una forma de participación de menor entidad. Añade que la prisión preventiva no puede constituir una anticipación de pena, que el peligro procesal no se presume y que la necesidad de cautela podría satisfacerse mediante medidas menos intensas, solicitando, en definitiva, que se revoque la resolución apelada y se decrete, en su lugar, arresto domiciliario total u otra cautelar del artículo 155 del Código Procesal Penal. 3°) Que, los hechos formalizados dan cuenta, en esta etapa procesal, de que el día 14 de agosto de 2025, aproximadamente a las 17:20 horas, el imputado, junto a otros sujetos, previamente concertados, habría intervenido en la sustracción violenta de un vehículo Hyundai Santa Fe, perteneciente a la víctima de iniciales P.A.P.L., en la comuna de Peumo. Según la imputación fiscal, la víctima fue interceptada por un automóvil Kia Morning, descendiendo varios sujetos, algunos provistos de aparentes armas de fuego, quienes la intimidaron, la obligaron a descender del móvil y luego huyeron con éste, resultando la ofendida, con lesiones leves en la zona del hombro izquierdo. 4°) Que, en cuanto al presupuesto mate

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veinte de mayo de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Peumo, en causa RIT 1024-2025, en cuanto decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Rolando Zacarías Norambuena Parra, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 518-2026-Penal

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, veintisiete de mayo de dos mil veintiséis. Vistos: 1°) Que, se alza la defensa del imputado Rolando Zacarías Norambuena Parra en contra de la resolución dictada el veinte de mayo de dos mil veintiséis por el Juzgado de Letras y Garantía de Peumo, que decretó a su respecto la medida cautelar de prisión preventiva, por estimar que su libertad constituye un peligro para la

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