SIN INFORMACION

RODRÍGUEZ/JUZGADO DE GARANTÍA DE LA CALERA

Rol

Fecha

27 de mayo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece el abogado Eric Peñaloza Cornejo, en representación del imputado y querellado don Manuel Antonio Jean Rodríguez Boulle, en autos seguidos ante el Juzgado de Garantía de La Calera, RIT O-1220-2022, RUC 2210035916-6, caratulados “Rodríguez/Rodríguez”, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución dictada el ocho de mayo de dos mil veintiséis, que declaró improcedente el recurso de apelación subsidiario que dedujo en contra de la resolución de cuatro de mayo del mismo año, por la cual se ordenó pasar los antecedentes al ministro de fe del Tribunal, a fin de realizar certificación al tenor de lo solicitado por la querellante. Expone que la resolución de cuatro de mayo de dos mil veintiséis no constituiría un simple proveído, desde que, al disponer “como se pide” y ordenar la certificación “al tenor de lo solicitado”, habría acogido la petición de la querellante en orden a declarar que el sobreseimiento definitivo decretado por esta Corte en causa Rol Penal N° 931-2026 se circunscribiría únicamente al delito de usurpación, subsistiendo la investigación por hurto de frutos. Sostiene que ello afecta la autoridad de cosa juzgada del sobreseimiento definitivo, el principio non bis in idem y el derecho del imputado a no ser objeto de una persecución penal en una causa ya terminada. Agrega que, contra dicha resolución, dedujo reposición con apelación subsidiaria y nulidad procesal. Refiere que por resolución de ocho de mayo de dos mil veintiséis el tribunal rechazó la reposición por estimar que no se vislumbraba perjuicio procesal, al tratarse de un proveído que solo ordena certificar; declaró improcedente la apelación y, rechazó la nulidad por no evidenciar vicio procesal alguno. Solicita, en definitiva, que se declare mal denegado el recurso de apelación y se ordene su concesión. SEGUNDO: Que, informa el señor juez suplente del Juzgado de Garantía de La Calera, don Alejandro Lobos Véliz, señalando que la resol

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 369 y 370 del Código Procesal Penal, se rechaza el recurso de hecho deducido por el abogado Eric Peñaloza Cornejo, en representación de don Manuel Antonio Jean Rodríguez Boulle, en contra de la resolución de ocho de mayo de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de La Calera, que declaró improcedente el recurso de apelación subsidiario deducido en autos RIT O-1220-2022, RUC 2210035916-6. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Penal-1158-2026

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, veintisiete de mayo de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece el abogado Eric Peñaloza Cornejo, en representación del imputado y querellado don Manuel Antonio Jean Rodríguez Boulle, en autos seguidos ante el Juzgado de Garantía de La Calera, RIT O-1220-2022, RUC 2210035916-6, caratulados “Rodríguez/Rodríguez”, interponiendo recur

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica