JUZGADO DE GARANTIA DE SAN BERNARDO

MP C/ALEXANDER YOJAD OJEDA CEBALLOS Y YONJANYER VISCAYA FUENTES.

Rol

Fecha

27 de mayo de 2026

Materia

FALSIFICACION LICENCIA DE CONDUCIR Y OTRAS FALSIFICACIONES. ART. 196 B LEY 18.290.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de lo expuesto en la audiencia de advierte, que en este estadio procesal, concurren los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con los delitos por los que se formalizó la investigación y la participación de los imputados en los mismos. En efecto atendida la dinámica del hecho, donde son sorprendido los dos imputados junto a un tercero a bordo de un vehículo que había sido objeto de un robo con intimidación, con placas patentes falsas y desde el cual, quien iba de copiloto -Ojeda Ceballos- arroja un arma, y desde el cual huyen los tres, es posible evidenciar que actuaban concertados para la realización de los ilícitos, encontrándose en coposesión tanto del vehículo como del arma, lo que permite establecer que existen antecedentes que permiten presumir fundadamente que los imputados han tenido participación en los ilícitos por los que se formalizó la investigación. En cuanto a la necesidad de cautela, la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la pluralidad de ilícitos, gravedad de la pena asignada a tres de ellos, carácter de los mismos, la pluralidad de partícipes, bienes jurídicos protegidos, la circunstancia de que ambos imputados se encontraban con medidas cautelares vigentes, forma de comisión y eventual forma de cumplimiento, lo que permite concluir que la imputación formulada por el ente persecutor se condice con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, resultando las otras medidas cautelares insuficientes para salvaguardar los fines del procedimiento. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de diecinueve de mayo del año en curso, dictada en los autos RIT 4454-2026, por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, que decretó la prisión preventiva de los imputados Alexander Yojad Ojeda Ceballo

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San Miguel, veintisiete de mayo de dos mil veintiséis. Sala: Segunda Sala Rol: 1713-2026 Penal Ruc: 2600764312-7 RIT: 4454-2026 Tribunal: Juzgado de Garantía de San Bernardo Integrantes: Ministros señora María Soledad Espina Otero y señor Sergio Córdova Alarcón y abogado integrante señora Paula Manzo Sagüez Relator: Marcela Labra Todorovich Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Nicolás Rod

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