JARA LOPEZ HUGO (ELIET FUENTES ORELLANA) / JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE SAN MIGUEL
Rol
Fecha
26 de mayo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que la abogada Eliet Fuentes Orellana, en representación del demandante en causa de cobranza laboral interpone recurso de queja en contra de la resolución de 25 de marzo de 2026, dictada por el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de San Miguel, en la causa de Cobranza Laboral C-29-2026. Refiere que el 29 de mayo de 2025 se dictó sentencia en la causa declarativa seguida ante el Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel en la que el juez condenó a pagar solo una remuneración por la suma de $1.805.261, como efecto de la demandada nulidad del despido. Agrega que la sentencia de esta Corte de 3 de noviembre de 2025, acogió el recurso de nulidad y condenó al demandado al pago de las remuneraciones y demás prestaciones laborales devengadas desde la fecha del despido y hasta su convalidación. Explica que el 3 de marzo de 2026 la demandada acompañó un certificado de cotizaciones en el cual consta el pago de las cotizaciones previsionales y de salud adeudadas desde el 3 de junio de 2025, sin acreditar haber enviado la carta certificada comunicándole al trabajador el referido pago. Sostiene que interpuso recurso de reposición y el 24 de marzo de 2026 el tribunal acogió el recurso de reposición y resolvió que conforme lo establecido en el inciso sexto del artículo 162 del Código del Trabajo, el empleador puede convalidar el despido de un trabajador, pagando las imposiciones de seguridad social que se encuentren morosas, y ya que el 3 de marzo de 2026, la demandada realizó una presentación acompañando un certificado de pagos de cotizaciones previsionales del trabajador demandante, de 3 de febrero del, en el cual es posible observar que las imposiciones adeudadas fueron pagadas; por lo que se tuvo por convalidado el despido. Arguye que tal la decisión infringe los incisos 6 y 7 del artículo 162 del Código del Trabajo, ya que la juzgadora leyó aisladamente la primera parte de la norma, sin atender a la segunda que corresponde a la c
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintiséis de mayo de dos mil veintiséis. Al folio 14: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que la abogada Eliet Fuentes Orellana, en representación del demandante en causa de cobranza laboral interpone recurso de queja en contra de la resolución de 25 de marzo de 2026, dictada por el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de San Miguel, en la causa de Cobranza L
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