SIN INFORMACION

SILVA/BANCO FALABELLA

Rol

Fecha

26 de mayo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Patricio Fernando Escobar Pérez, abogado, quien interpone acción de protección en favor de don Rogério Christian Silva Filho, en contra de Banco Falabella S.A., por el acto que califica de ilegal y arbitrario consistente en el bloqueo total de su cuenta corriente N°15660127051, impidiendo el uso de los fondos depositados por concepto de abono provisional de la Ley N°20.009, estimando vulnerada la garantía constitucional establecida en el numeral 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, referida al derecho de propiedad. Sostiene que su representado fue víctima de un fraude bancario, motivo por el cual la recurrida procedió, con fecha 24 de noviembre de 2025, a abonar en su cuenta corriente la suma de $1.387.505.-, equivalentes a 35 UF. Sin embargo, acusa que el banco procedió a bloquear la cuenta completa y no solo el medio de pago, imposibilitando el retiro o transferencia de dichos fondos. Alega que el banco justificó esta medida mediante un correo electrónico que informaba la existencia de un juicio, del cual no se le entregó número de Rol ni tribunal. En definitiva, pide que se acoja la acción, ordenando al banco recurrido desbloquear de inmediato la cuenta vista, permitiendo el uso total y libre de los fondos, abstenerse de practicar actos futuros similares sin resolución judicial, e informe el fundamento jurídico del bloqueo, con expresa condenación en costas. Segundo: Que, en representación de la recurrida Banco Falabella S.A., comparece el abogado don Sebastián Llona Solís de Ovando, quien, evacuando informe, solicita el rechazo de la acción de protección intentada Funda su petición, primeramente, en que la acción ha perdido oportunidad, toda vez que no existe en la actualidad el bloqueo reclamado, acompañando un certificado de fecha 13 de enero de 2026, en el cual consta que la cuenta corriente del recurrente se encuentra plenamente vigente y habilitada para su uso. En segundo

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de don Rogério Christian Silva Filho, en contra de Banco Falabella S.A. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Protección-25962-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de mayo de dos mil veintiséis. Al folio 19: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Patricio Fernando Escobar Pérez, abogado, quien interpone acción de protección en favor de don Rogério Christian Silva Filho, en contra de Banco Falabella S.A., por el acto que califica de ilegal y arbitrario consistente en el bloqueo t

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