JUZGADO DE GARANTIA DE SAN VICENTE DE TAGUA-TAGUA

MP C/FERNANDO ENRIQUE ÁLVAREZ GATICA

Rol

Fecha

26 de mayo de 2026

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: 1º Que, corresponde conocer en la alzada el recurso de apelación deducido por la defensa del imputado, Fernando Álvarez Gatica, en contra de la resolución que decretó la prisión preventiva de su representado, por su participación en el delito de hurto simple, ilícito previsto y sancionado en el artículo 446 Nº3 del Código Penal. 2º Que, en este caso, no se cuestionan los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, sino únicamente la necesidad de cautela,

Fundamentos

considerando que se trata de un simple delito, (hurto simple) y cuya prospección de pena es de presidio menor en su grado mínimo y multa, por lo que la prisión preventiva impuesta resultaría innecesaria y desproporcionada como cautelar destinada a asegurar los actos del procedimiento, aun cuando el imputado cuente con antecedentes, de los cuales, según refiere su defensa, los más graves se encontrarían prescritos y el resto le permitiría acceder a una pena sustitutiva. 3º Que, si bien el encartado registra condenas que se encuentran prescritas (años 2014 y 2015), mantiene vigentes otras por delitos de la misma especie y ejecutados casi todos en un mismo año, registrando un quebrantamiento por la última de ellas, de suerte que, si bien la prospección de pena no es extensa, ya no podrá hacer uso del cumplimiento alternativo que le franquea la Ley 18.216 e incluso se evalúa paralelamente la suspensión del servicio comunitario impuesto en la última condena y que el imputado cumplía previo a la comisión del hecho que motiva la presente causa. 4º Que, al tenor de lo que se viene razonando, el imputado registra diversas anotaciones y al menos una causa pendiente, siendo refractario a las medidas cautelares que se le han impuesto con antelación, justificando en este estadio la imposición de una cautelar más intensa que asegure la comparecencia del acusado y el normal desarrollo de los actos del procedimiento. Por lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha veinte de mayo de dos mil veintiséis, dictada en causa RIT 927-2026, del Juzgado de Garantía de San Vicente de Tagua Tagua, por compartir, además, en lo esencial sus fundamentos. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 507-2026-Penal

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, veintiséis de mayo de dos mil veintiséis. Vistos: 1º Que, corresponde conocer en la alzada el recurso de apelación deducido por la defensa del imputado, Fernando Álvarez Gatica, en contra de la resolución que decretó la prisión preventiva de su representado, por su participación en el delito de hurto simple, ilícito previsto y sancionado en el artículo 446 Nº3 del Códig

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