SIN INFORMACION

DARIANIS MORAO PEREZ / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

26 de mayo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR.

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el 6 de mayo del año en curso, a folio 1, comparece Darianis del Valle Morao Pérez, de nacionalidad venezolana, titular de cédula de identidad extranjera N°30.369.931, domiciliada en Avenida Canal de la Luz, Barrio Norte Las Américas, comuna de Talca, e interpone recurso de reclamación respecto de la orden de expulsión contenida en la Resolución N°2500100253263, notificada el 12 de noviembre de 2025, solicitando se deje sin efecto dicha medida y se continúe con la regularización de su situación migratoria. Expone que ingresó a Chile el 23 de marzo de 2025 por paso no habilitado, motivada por la situación económica, política y social existente en Venezuela desde hace más de 25 años, señalando que buscaba una mejor calidad de vida para ella y sus dos hijos menores de edad, Jesús Alejandro Granado Morao y Briana de Jesús Granado Morao. Indica que ambos niños actualmente cursan educación básica y residen junto a ella en el domicilio señalado, siendo la recurrente responsable de su cuidado personal y protección mientras permanecen en Chile. Añade que los menores se encuentran inscritos en el sistema de salud FONASA. Refiere que se ha dedicado a trabajar de forma independiente para solventar gastos de arriendo, servicios básicos, alimentación, vestimenta, gastos escolares y recreación de sus hijos. Asimismo, sostiene que no posee antecedentes penales de ningún tipo y que no ha podido obtener certificado de antecedentes penales venezolanos debido al cierre de la embajada venezolana en Santiago y a la inexistencia de familiares directos en Venezuela que puedan gestionar dicho trámite. Expresa su intención de permanecer en Chile y establecer su vida familiar y personal en el país, señalando que tanto ella como sus hijos poseen actualmente una mejor calidad de vida y que los niños pueden desarrollarse en un ambiente “próspero, seguro y libre”. Añade que desea aportar al país mediante trabajo, esfuerzo y dedicación. Funda jurídica

Fundamentos

fundamentos del acto administrativo se encuentran contenidos en sus considerandos primero a cuarto y que estos se ajustan a los principios de razonabilidad y proporcionalidad. Respecto de la competencia de la autoridad, el Servicio Nacional de Migraciones invoca los artículos 157 N°7 y 132 inciso primero de la Ley N°21.325, así como el artículo 140 de su reglamento, señalando que el director nacional del Servicio —o el Director Regional habilitado para ello— posee facultades legales para disponer la expulsión administrativa de extranjeros. Luego desarrolla los aspectos relativos a la sustanciación del procedimiento administrativo sancionatorio. Expone que, al verificarse una infracción al artículo 32 N°3 de la Ley N°21.325, consistente en ingreso clandestino por paso no habilitado, se inició un procedimiento administrativo sancionador conforme a los artículos 127 N°1 y 132 de la misma ley. Describe las etapas del procedimiento administrativo, indicando que la notificación de inicio fue realizada personalmente por funcionarios de la Policía de Investigaciones de Chile en la ciudad de Iquique el 23 de marzo de 2025, oportunidad en que se informó a la recurrente la causal legal invocada y el plazo de diez días hábiles para presentar descargos. Sostiene que la etapa de descargos tiene por objeto garantizar el derecho a defensa, a ser oído y a acompañar antecedentes, permitiendo a la autoridad efectuar el examen de las consideraciones previstas en el artículo 129 de la Ley N°21.325. Sin embargo, afirma que la recurrente no remitió descargos ni antecedentes dentro del procedimiento administrativo. Añade que posteriormente se dictó la resolución final de expulsión, la cual fue notificada personalmente a la recurrente conforme al artículo 147 de la Ley N°21.325. En relación con la motivación del acto administrativo, el informe desarrolla las causales legales que fundamentan la expulsión y la prohibición de ingreso al país. Invoca el artículo 127 N°1 de la Ley N°21.325, en relación con el artículo 32 N°3 del mismo cuerpo legal, relativo al ingreso por paso no habilitado eludiendo el control migratorio. Asimismo, señala que conforme al artículo 136 de la Ley N°21.325 se dispuso una prohibición de ingreso al país por el plazo de cinco años contado desde el abandono del territorio nacional. Posteriormente, el informe desarrolla las “consideraciones previas” contempladas en el artículo 129 de la Ley N°21.325 que habrían sido ponderadas por la autoridad al momento de aplicar la medida expulsiva. En cuanto a la gravedad de los hechos, sostiene que el ingreso por paso no habilitado vulnera los bienes jurídicos relativos a la protección de fronteras y a la migración segura, ordenada y regular, afectando intereses colectivos y el orden social. Respecto de antecedentes delictuales, señala que la extranjera no mantiene antecedentes delictuales en Chile, pero agrega que no consta que no mantenga registros policiales o condenas en su país de origen. En rela

Fallo

Por estas consideraciones, visto, además, lo dispuesto en la Ley Nº21.325, SE RECHAZA, sin costas, el recurso interpuesto por Darianis Del Valle Morao Pérez, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Déjese sin efecto la suspensión de la orden de expulsión que da cuenta la resolución de folio 3, de 7 de mayo de 2026. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol 108-2026 -Contencioso Administrativo.

Texto Completo (Preview)

Talca, veintiséis de mayo de dos mil veintiséis. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el 6 de mayo del año en curso, a folio 1, comparece Darianis del Valle Morao Pérez, de nacionalidad venezolana, titular de cédula de identidad extranjera N°30.369.931, domiciliada en Avenida Canal de la Luz, Barrio Norte Las Américas, comuna de Talca, e interpone recurso de reclamación respecto de la orden d

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica