MP.C/FRANCK JESÚS BUSTOS LEIVA.
Rol
Fecha
26 de mayo de 2026
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Primero: Que, en la audiencia de control de detención de veintiuno de enero pasado, celebrada ante el Juzgado de Garantía de Talagante, que incide en la causa RIT 315-2026, seguida en contra del imputado Franck Jesús Bustos Leiva, la defensa solicitó y obtuvo la declaración de ilegalidad de su detención, por considerar el tribunal a quo que no existían indicios suficientes para proceder a la detención del imputado. Segundo: Que, en contra de dicha resolución el Ministerio Público interpuso recurso de apelación, solicitando su revocación por haber sido ajustada a derecho la detención del imputado. Tercero: Que, según se indicó en la audiencia, los funcionarios policiales se encontraban realizando un patrullaje preventivo por Avenida Balmaceda, y al llegar a la calle Vista Hermosa, aproximadamente siendo las 11:55 horas, divisaron al imputado quien al advertir la presencia policial ocultó entre sus vestimentas una especie de color blanco, por lo cual se procedió a su fiscalización, encontrando en el bolsillo delantero del short, un calcetín color blanco y en su interior la cantidad de 15 envoltorios de papel con pasta base, y $5.800. En mérito de lo anterior, cabe señalar que en la especie concurre el presupuesto del artículo 85 del Código Procesal Penal, desde que el hecho del ocultamiento de la especie por parte del imputado al ver la presencia policial constituye un indicio que habilita para el registro de éste. Cuarto: Que, en consecuencia, la detención del imputado realizada luego de constatar los funcionarios policiales que portaba droga en su ropa, constituye la situación de flagrancia a que se refiere el artículo 130 letra a) del Código Procesal Penal, de manera que tal actuación se encuentra fundada en lo dispuesto en el artículo 129 del mismo código. Quinto: Que, atendido lo antes razonado, la detención del imputado se realizó conforme a la ley. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos citados y en los artículos 352 y 370 del
Fallo
se declara, que su detención fue ajustada a derecho. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 337-2026 Penal
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintiséis de mayo de dos mil veintiséis. A folio N° 6: A lo principal, al primer y segundo otrosí: Téngase presente. A folio N° 7: Téngase presente. Vistos: Primero: Que, en la audiencia de control de detención de veintiuno de enero pasado, celebrada ante el Juzgado de Garantía de Talagante, que incide en la causa RIT 315-2026, seguida en contra del imputado Franck Jesús Bustos Lei
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