1º JUZGADO DE LETRAS DE SAN CARLOS

SOCIEDAD COMERCIAL PETRU SPA/SOCIEDAD AGROCOMERCIAL BERRIES FOOD FROZEN LIMITADA.

Rol

Fecha

26 de mayo de 2026

Materia

FACTURA, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1°.- Que, el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil establece que: “los autos y decretos no son apelables cuando ordenen trámites necesarios para la substanciación regular del juicio; pero son apelables cuando alteran dicha substanciación o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley. Esta apelación sólo podrá interponerse con el carácter de subsidiaria de la solicitud de reposición y para el caso que no sea acogida”. 2°.- Que, en la especie, el recurrente dedujo apelación subsidiaria en contra de la resolución de fecha 11 de mayo de 2026 de folio 118, que rechazó la corrección de oficio del procedimiento, que entonces dicha resolución es un auto o decreto que no altera la substanciación regular del procedimiento, resolución que no se encuentra en ninguna de la hipótesis excepcionales de apelación recién transcrita, por lo que, el recurso así deducido resulta inadmisible. Por lo señalado precedentemente y lo dispuesto en los artículos 188 y 205 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto por la recurrente en contra de la resolución de 11 de mayo del año en curso. Devuélvase. N°Civil-449-2026.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto por la recurrente en contra de la resolución de 11 de mayo del año en curso. Devuélvase. N°Civil-449-2026.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán GHS/alf Chillán, veintiséis de mayo de dos mil veintiséis. Visto y teniendo presente: 1°.- Que, el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil establece que: “los autos y decretos no son apelables cuando ordenen trámites necesarios para la substanciación regular del juicio; pero son apelables cuando alteran dicha substanciación o recaen sobre trámites que no están expresamente o

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