CLUB DEPORTIVO UNIÓN LA ESPAÑOLA/ASOCIACION FUTBOL AMATEUR ÑUBLE
Rol
Fecha
26 de mayo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°. Que, a folio 1, comparece doña Nataly del Pilar Hancenn Pino, abogada, en representación del Club Deportivo Unión La Española, interponiendo recurso de protección en contra de la Asociación Regional de Fútbol Amateur de Ñuble (ARFA Ñuble), y específicamente en contra de su Comisión de Ética y Disciplina y de su Consejo de Presidentes, corporación representada legalmente por don Luis Alberto Hernández Jara. Recurre en contra de los actos que califica de ilegales y arbitrarios consistentes en la dictación de la sanción contenida en el Oficio N° 25-2026 y en la posterior resolución confirmatoria del Consejo de Presidentes de fecha 15 de abril de 2026 (Oficio N° 25), actos mediante los cuales se determinó la eliminación del club recurrente de la semifinal del Campeonato Regional "Copa de Campeones ARFA Ñuble 2026". Expone que el 21 de enero de 2026 obtuvo la aprobación formal, por parte de ANFA Chillán, de las nóminas de sus jugadores, incluyendo al deportista José Tomás Castillo Ponce en las series Primera Infantil (Sub-16) y Juvenil (Sub-18). Señala que, tras disputar múltiples encuentros sin recibir observación alguna y lograr la clasificación a la semifinal de la serie Sub-16 eliminando al Club Deportivo Cóndor en cancha, este último interpuso un reclamo con fecha 23 de marzo de 2026, acusando una supuesta infracción por doble inscripción de dicho jugador. Indica que el 26 de marzo de este año fue notificado del Oficio N° 25-2026 emanado de la Comisión de Ética, que acogió el reclamo interpuesto, sancionando de plano al club con la eliminación del torneo, resolución que apeló oportunamente, pero que fue ratificada mediante el Oficio N° 25 por el Consejo de Presidentes el 15 de abril del actual. Sostiene que el actuar de la recurrida adolece de vicios esenciales e insubsanables que acarrean la nulidad absoluta del procedimiento, detallando las siguientes ilegalidades y arbitrariedades: a) Ilegitimidad del órgano sancionador -falta de
Fallo
fallo carecía de mandato vigente al no haber sido elegida en la sesión ordinaria del Consejo Directivo del 6 de febrero de 2026, operando al margen de lo ordenado en el artículo 45 del Reglamento ANFA. b) Violación al debido proceso: Acusa que la sanción fue impuesta de plano, omitiéndose la comunicación escrita previa de la denuncia y privando a la institución del plazo reglamentario para formular descargos, en abierta contravención a los artículos 46 y 244 del Reglamento interno. c) Falsa integración de la Comisión: Denuncia que el Oficio N° 25-2026 certifica un acuerdo adoptado por "unanimidad" con la participación del don Pedro Molina Valdés, pese a existir constancia de que dicha persona no asistió a la sesión resolutiva según se acredita de las comunicaciones de WhatsApp mantenidas con dicha persona, configurando una falsedad manifiesta en la conformación del ente decisor con infracción al artículo 247 letra a) del referido Reglamento. d) Falta de tipicidad: Aduce que se castiga la doble inscripción en las series Primera Infantil y Juvenil, conducta que no se encuentra tipificada como infracción ni prohibida en las Bases Oficiales del Campeonato para dichas categorías. e) Errores formales graves: Señala que el acto sancionatorio consigna una fecha de sesión imposible, 2 de marzo de 2026, que es anterior al ingreso mismo del reclamo del 23 de marzo, además se individualiza erróneamente el reclamo sobre la "serie juvenil" y no sobre la "Sub-16", afectando la certeza juríd
Texto Completo (Preview)
Chillán, veintiséis de mayo de dos mil veintiséis. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°. Que, a folio 1, comparece doña Nataly del Pilar Hancenn Pino, abogada, en representación del Club Deportivo Unión La Española, interponiendo recurso de protección en contra de la Asociación Regional de Fútbol Amateur de Ñuble (ARFA Ñuble), y específicamente en contra de su Comisión de Ética y Disciplina y de su Con
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica