2 JUZGADO DE POLICIAL LOCAL DE PUENTE ALTO

SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR / CENCOSUD RETAIL S.A.

Rol

Fecha

25 de mayo de 2026

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y teniendo además presente: Que la prueba acompañada en autos no resulta suficiente para acreditar la existencia de una relación de consumo por parte del reclamante, elemento esencial de la acción deducida, toda vez que, la factura electrónica acompañada aparece emitida a nombre de una empresa, sin que se hayan incorporado antecedentes que permitan vincular dicha empresa con el Sr. Eugenio Contreras. Asimismo, es posible observar que en la referida factura se consigna como horario de compra las 16:59 horas, mientras que la denuncia efectuada por el Sr. Contreras ante la Policía de Investigaciones de Chile se señala que el robo habría ocurrido a las 12:55 horas. De igual manera, cabe señalar que el Certificado de Registro Inscripción de Vehículos Motorizados acompañado en autos da cuenta que el dueño del automóvil que se dice sustraído corresponde a un tercero diverso del reclamante. En consecuencia, los antecedentes allegados al proceso no permiten establecer los presupuestos fácticos necesarios para configurar la acción intentada, resultando ajustado a derecho desestimar la denuncia. Y además de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N°18.287, se confirma la sentencia apelada de veintitrés de septiembre dos mil veinticuatro, pronunciada en causa Rol 311731-2024, del Segundo Juzgado de Policía Local de Puente Alto. Regístrese y devuélvase. N°512-2024 Policia Local

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veinticinco de mayo de dos mil veintiséis. A folio N°13: A lo principal: Téngase presente. Al otrosí: A sus antecedentes. A folio N°15: Téngase presente. Vistos y teniendo además presente: Que la prueba acompañada en autos no resulta suficiente para acreditar la existencia de una relación de consumo por parte del reclamante, elemento esencial de la acción deducida, toda vez que, la

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