SIN INFORMACION

PIÑALEO TOBAR, MARCO ANTONIO/COMISION LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

25 de mayo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y considerando. Primero. Que comparece Patricia Catalina Palacios Díaz, abogada, quien recurre de amparo en favor de Marco Antonio Piñaleo Tobar, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber rechazado su postulación al beneficio. Expone que su representado cumple condena, sin precisar los delitos por los cuales se encuentra recluido, el 21 de septiembre del año 2029, destacando que ha participado en talleres y actividades de reinserción social, habiendo aportado con donativos para damnificados en el incendio de Valparaíso. Asimismo, indica que ha donado al Programa ambulatorio Intensivo, donaciones consistentes en plantas florales, hortalizas y maceteros e, igualmente, a Fundación Casa La Esperanza, mediante plantas medicinales, hortensias, o lechugas, con el objeto de acompañar a quienes enfrentan una problemática de consumo de drogas. En el mismo sentido, da cuenta de que se ha desempeñado como monitor en la Biblioteca Pública número 382, apoyando la difusión de la lectura y material bibliográfico en su agrupación modular, contando con ofertas laborales, las que no individualiza. Agrega su participación en talleres de control emocional, control de impulsos y reinserción social, concluyendo que la decisión de rechazo es arbitraria, en cuanto su representado cumple con los requisitos para que la libertad condicional le sea concedida. Por lo expuesto, previas citas legales, pide se deje sin efecto la resolución recurrida y se conceda el beneficio al interno. Segundo. Que informa Zoila Terán Arévalo, Integrante de la Comisión de Libertad Condicional del presente año. Da cuenta de que la Comisión que representa se reunió el 16 de abril del presente año, donde fue rechazada la postulación del amparado, en cuanto el informe de postulación de Gendarmería, como antecedente calificado, concluye factores de riesgo de reincidencia en rango alto, careciendo el interno de conciencia del delito y del mal causado y no manifiesta rechazo explícito a los

Fundamentos

motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto en favor de Marco Antonio Piñaleo Tobar en contra de la Comisión de Libertad Condicional del primer semestre de 2026. Se previene que el Ministro señor Iván Corona Albornoz concurre a la decisión de rechazar el recurso de amparo interpuesto en contra de la Comisión de Libertad Condicional, teniendo presente para ello que la resolución que se impugna, dictada por la misma comisión, se conforma plenamente con las competencias y atribuciones que a dicho organismo le entrega el Decreto Ley número 321 y que,

Fallo

Por lo expuesto, previas citas legales, pide se deje sin efecto la resolución recurrida y se conceda el beneficio al interno. Segundo. Que informa Zoila Terán Arévalo, Integrante de la Comisión de Libertad Condicional del presente año. Da cuenta de que la Comisión que representa se reunió el 16 de abril del presente año, donde fue rechazada la postulación del amparado, en cuanto el informe de postulación de Gendarmería, como antecedente calificado, concluye factores de riesgo de reincidencia en rango alto, careciendo el interno de conciencia del delito y del mal causado y no manifiesta rechazo explícito a los delitos cometidos. Precisa que estos factores de riesgo, generales y específicos, deben ser intervenidos en sistema cerrado, en particular, educación y empleo, uso del tiempo libre, consumo de alcohol o drogas, actitud u orientación procriminal, patrón antisocial; mientas que, a nivel de factores específicos, constata la limitada capacidad de resolución de conflictos, lo que es coincidente con su participación en talleres de control emocional, comunicación efectiva y taller bajo umbral. Finaliza refiriendo que debe incorporarse a una actividad laboral, de capacitación, así como dar continuidad a su nivelación de estudios, facilitar su incorporación a actividades deportivas, recreativas y culturales para que incorpore herramientas que disminuyan su riesgo de reincidencia. Descarta, asimismo, un actuar ilegal por parte de su representada, destacando que el rechazo fue

Texto Completo (Preview)

Piñaleo Tobar Marco Antonio Comisión de Libertad Condicional Recurso de amparo Rol número 353-2026.- La Serena, veinticinco de mayo de dos mil veintiséis. Visto y considerando. Primero. Que comparece Patricia Catalina Palacios Díaz, abogada, quien recurre de amparo en favor de Marco Antonio Piñaleo Tobar, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber rechazado su postulación al ben

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