TELLEZ TRUTANICH GERMÁN BLADIMIRO/MINISTERIO PUBLICO Y OTROS
Rol
Fecha
23 de mayo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: A folio 1, comparece Alejandro Sepúlveda Becerra, abogado, quien deduce acción de amparo en favor de Germán Bladimiro Téllez Trutanich, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, Carabineros de Chile, y Ministerio Público, por el acto que considera ilegal, consistente en haber mantenido vigentes en sus registros institucionales órdenes de arresto en su contra que fueron alzadas por resolución judicial, sometiendo al amparado a un seguimiento, persecución y hostigamiento injustificados, lo que estima vulnera su derecho a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Señala que, el amparado, con el objeto de verificar la existencia de órdenes de arresto pendientes derivadas de antiguos litigios vinculados a sus actividades empresariales, formuló una consulta conforme a la Ley de Transparencia ante la Policía de Investigaciones de Chile, institución que, el 10 de abril pasado, informó la existencia de 5 causas con órdenes de arresto vigentes, todas ellas tramitadas ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Valparaíso, por apropiación de cotizaciones previsionales conforme a la Ley N°17.322: la causa P-3402-2015, la causa P-542-2017, la causa P-2616-2016, la causa P-6584-2015 y la causa P-944-2015. Sin embargo, afirma que todas éstas fueron alzadas por resoluciones judiciales dictadas entre los meses de marzo y mayo del año 2020, razón por la cual su mantención en los registros institucionales carece de todo sustento jurídico. Sostiene que el mantenimiento de dichas órdenes de arresto en los registros de las instituciones recurridas, sumado al seguimiento, persecución y hostigamiento que de ello se deriva, constituye una amenaza concreta, ilegal y arbitraria al derecho a la libertad personal y a la seguridad individual que el artículo 19 N°7 de la Constitución garantiza a todas las personas, generando en el afectado un estado permanente de temor e incertidumbre respecto de su libertad a
Fundamentos
considerando: Primero: Que, la acción de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, garantía consagrada en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, a través de esta vía cautelar, se impugna la mantención de cinco órdenes de arresto decretadas en contra del amparado en los registros de la Policía de Investigaciones de Chile, respecto de causas seguidas ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Valparaíso, y que ya fueron alzadas en 2020, sometiéndolo a un seguimiento, persecución y hostigamiento injustificados. Solicita se ordene el cese inmediato de todo hostigamiento o medida de seguimiento en su contra, disponiendo a los recurridos corregir sus respectivos sistemas. Tercero: Que, al evacuar su informe, Carabineros de Chile y el Ministerio Público señalaron que no se registran órdenes vigentes en contra del amparado, reconociendo este último organismo dos investigaciones abiertas sin órdenes de detención vigentes. Por su parte, la Policía de Investigaciones sostiene que en su sistema informático GEPOL figuran cinco órdenes de arresto vigentes del Juzgado de Cobranza Laboral de Valparaíso, tribunal que a su vez informó que dichos apremios fueron alzados en 2020, pero que el amparado mantiene una orden de arresto vigente en la causa P-5982-2014. Finalmente, los Juzgados de Garantía de Valparaíso y Rancagua certificaron no poseer órdenes vigentes en su contra. Quinto: Que, del mérito de los antecedentes que obran en la carpeta virtual, en especial de lo informado por el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Valparaíso, aparece que las órdenes de arresto correspondientes a las causas RIT P-3402-2015, P-542-2017, P-2616-2016, P-6584-2015 y P-944-2015 fueron dejadas sin efecto por resoluciones de ese tribunal dictadas entre el 31 de marzo y el 5 de mayo de 2020, comunicándose dicha circunstancia oportunamente a Carabineros de Chile y a la Policía de Investigaciones de Chile mediante oficios despachados el mismo día de cada resolución. No obstante, la Policía de Investigaciones de Chile reconoció formalmente que en sus registros el amparado registra dichas órdenes como vigentes a la fecha de emisión de su informe. Sexto: Que, la falta de actualización oportuna de los registros informáticos de la Policía de Investigaciones de Chile, manteniendo vigentes órdenes de arresto en contra del amparado que fueron dejadas sin efecto por el tribunal competente hace más de seis años, constituye una actuación ilegal que afecta su libertad personal y seguridad individual. En efecto, esta omisión administrativa genera una amenaza frente a eventuales fiscalizacio
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se acoge, sin costas, la acción de amparo dedicada en favor de Germán Bladimiro Téllez Trutanich, solo en cuanto: I.- Se ordena a la Policía de Investigaciones de Chile, eliminar de sus registros las órdenes de arresto decretadas en contra del amparado en las causas P-3402-2015, P-542-2017, P-2616-2016, P-6584-2015 y P-944-2015 del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Valparaíso. II.- Se ordena a Carabineros de Chile, eliminar de sus registros las órdenes de arresto decretadas en contra del amparado en las causas P-542-2017, P-2616-2016, P-6584-2015 y P-944-2015 del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Valparaíso. III.-Se ordena al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Valparaíso, aplicar el apercibimiento ordenado por resolución de 15 de abril de 2021 en autos RIT P-5982-2014, dejando sin efecto la orden de arresto decretada en contra del amparado, debiendo oficiar a los organismos policiales correspondientes. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1673-2026
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintitrés de mayo de dos mil veintiséis. Vistos: A folio 1, comparece Alejandro Sepúlveda Becerra, abogado, quien deduce acción de amparo en favor de Germán Bladimiro Téllez Trutanich, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, Carabineros de Chile, y Ministerio Público, por el acto que considera ilegal, consistente en haber mantenido vigentes en sus regis
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