JUZGADO DE GARANTIA DE SAN CARLOS

MP C/ LUIS ARIEL AGUAYO SALVO

Rol

Fecha

23 de mayo de 2026

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1.- Que, el Ministerio Público, recurre en contra de la resolución que alzó la prisión preventiva que pesaba sobre el imputado Luis Aguayo Salvo, quien fue formalizado por los delitos de tráfico ilícito de drogas y tenencia ilegal de municiones. 2.- Que la defensa ha invocado como nuevo antecedente, el sobreseimiento definitivo parcial reciente, respecto de la tenencia ilegal de municiones, la circunstancia de computar más de 14 meses sometido a la cautelar que se revisa, el hecho de haber declarado el encartado, reconociendo la comercialización, pero estimando que el delito más bien corresponde a uno de tráfico en pequeñas cantidades. 3.- Que, efectivamente han variado las circunstancias tenidas en vista al imponer la prisión preventiva, desde que, se ha eliminado un delito de la imputación penal, y ha transcurrido más de un año, el imputado, sometido a dicha medida. A lo anterior, se suma la circunstancia de contar con arraigo familiar, según informe citado. 4.- Que todos los antecedentes recién referidos, permiten concluir que la prisión preventiva no es indispensable, existiendo otras medidas para satisfacer adecuadamente los fines del procedimiento, tal como se resolvió por el juez a-quo Y, visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de veintidós de mayo del año en curso, que dejó sin efecto la prisión preventiva del imputado Aguayo Salvo. Acordada con el voto en contra del ministro Sr. Arias, quien fue de parecer de revocar la resolución en alzada y mantener la prisión preventiva del imputado, pues, si bien, se ha eliminado un delito de los cargos penales, se mantiene el de tráfico, que resulta ser el más grave, en cuanto a su penalidad. Además, el imputado, cometió este ilícito, mientras cumplía condena, y estando beneficiado de la libertad condicional, lo que ciertamente agrava la conducta y justifica la medida en análisis, por no exis

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán Chillán, veintitrés de mayo de dos mil veintiséis. Visto y teniendo presente: 1.- Que, el Ministerio Público, recurre en contra de la resolución que alzó la prisión preventiva que pesaba sobre el imputado Luis Aguayo Salvo, quien fue formalizado por los delitos de tráfico ilícito de drogas y tenencia ilegal de municiones. 2.- Que la defensa ha invocado como nuevo antecedente, el s

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