NUEVOS DESARROLLOS S.A. / CARVAJAL GUTIERREZ JUAN
Rol
Fecha
22 de mayo de 2026
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los
Fundamentos
considerandos décimo quinto y décimo sexto, que se eliminan y teniendo presente que: Primero: Que, en cuanto al daño moral, cabe señalar que éste debe ser probado por quien lo alega, cuyo no es el caso de autos, sin que pueda estimarse, como reiteradamente lo ha sostenido la jurisprudencia, que las molestias sufridas como consecuencia de un ilícito puedan ser consideradas, por sí, como constitutivas de daño moral, por lo que, la demanda respecto de este concepto será desestimada. Segundo: Que, no habiendo sido totalmente vencida la demandada civil, se le eximirá del pago de las costas de la causa. Tercero: Que, estimándose que la sentencia tiene un carácter constitutivo respecto de la indemnización por daño emergente, se ordena que los reajustes se calculen desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada y los intereses desde que la demandada se constituya en mora de pagar y hasta la fecha de su pago efectivo. Y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 16 y 32 de la Ley N° 18.287
Fallo
se declara que: I.- Se revoca la sentencia de veinte de octubre de dos mil veintitrés, dictada en causa rol 201-2023 del Primer Juzgado de Policía Local de San Bernardo, en la parte que acogió la demanda civil por daño moral interpuesta por Juan Carlos Carvajal Gutiérrez en contra de Nuevos Desarrollos S.A. o Mall Plaza Sur S.A, y se la rechaza por dicho concepto. II.- Asimismo, se exime del pago de las costas a la demandada. III.- Se confirma en lo demás la referida sentencia, con declaración que los reajustes e intereses se deberán en la forma señalada en el numeral tercero de esta sentencia. Se previene que el abogado integrante señor Reyes concurre a la decisión con excepción de lo señalado respecto de los reajustes por estimar que respecto la indemnización de perjuicios la sentencia tiene carácter declarativo. Regístrese y devuélvase. Rol 473-2024 Policía Local.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintidós de mayo de dos mil veintiséis. A folio N° 19: A lo principal y al otrosí: Téngase presente. A folio N° 20: A lo principal y al primer otrosí: Téngase presente. Al segundo otrosí: A sus antecedentes. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los considerandos décimo quinto y décimo sexto, que se eliminan y teniendo presente que: Primero: Que, en cuanto al
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