3º JUZGADO CIVIL DE VALPARAISO

BANCO SANTANDER-CHILE S.A/BRIONES

Rol

Fecha

22 de mayo de 2026

Materia

MUTUO, COBRO EJECUTIVO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, comparece la parte ejecutada deduciendo recurso de apelación en contra de la resolución de 21 de abril de 2026, dictada en causa Rol C-1753-2025 del 3° Juzgado Civil de Valparaíso, que rechazó el incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento, solicitando que se revoque y, en su lugar, se declare la nulidad de lo obrado, retrotrayéndose la causa al estado de practicarse válidamente la notificación de la demanda. Segundo: Que, el incidentista funda su pretensión en que, al tiempo de practicarse la notificación conforme al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil en el inmueble ubicado en Cabo Negro N°74, Viña del Mar, ya no mantenía su domicilio, el que correspondía al de calle Italia N°176 de Viña del Mar, circunstancia que se encontraría acreditada con la documentación acompañada y la prueba testimonial rendida. Tercero: Que, de conformidad con el mérito de los documentos acompañados al interponer el incidente, consta que el ejecutado, en presentaciones judiciales muy anteriores al momento en que fue requerido de pago en esta causa, registra domicilio en calle Italia N° 176, Viña del Mar, lo que unido a la prueba testimonial rendida en el mismo sentido, revela la efectividad de haber mantenido a la época antes señalada, un domicilio diverso a aquel indicado por el ejecutante. Cuarto: Que, a lo anterior, se agrega que la certificación receptorial del ministro de fe don Carlos Fonce Flores resulta indeterminada respecto de la persona que le entregó la información, consignando solo que se trató de una persona vecina adulta, lo que permite desvirtuar la presunción de autenticidad que pudiera emanar de aquella.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 44, 55 y 80 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veintiuno de abril de dos mil veintiséis, dictada por el Tercer Juzgado Civil de Valparaíso, y en su lugar se declara que se acoge el incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento, en consecuencia, se anula la notificación impugnada. De conformidad con lo resuelto y lo dispuesto en el artículo 55 del Código de Procedimiento Civil, se tiene por notificado tácitamente y por requerido de pago a don Romilio Briones Torres, comenzando a correr los plazos para interponer excepciones desde la notificación por el estado diario del “Cúmplase” de la presente resolución. Devuélvase. N° Civil-1572-2026.

Texto Completo (Preview)

Sfg C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintidós de mayo de dos mil veintiséis. Visto y considerando: Primero: Que, comparece la parte ejecutada deduciendo recurso de apelación en contra de la resolución de 21 de abril de 2026, dictada en causa Rol C-1753-2025 del 3° Juzgado Civil de Valparaíso, que rechazó el incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento, solicitando que se revoq

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