SIN INFORMACION

CORIA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DE CHILE

Rol

Fecha

22 de mayo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece el abogado Matías Nicolás Chacón Fuentes, en representación de Edwin Coria Sánchez, de nacionalidad boliviana, quien interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones por haber incurrido en una omisión ilegal y arbitraria al no resolver, dentro de plazo razonable, los descargos presentados en el procedimiento sancionatorio de expulsión iniciado en su contra, vulnerando los derechos fundamentales reconocidos en los números 2, 3 inciso 5 y 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Indica que el 16 de enero de 2024 fue notificado del inicio de un procedimiento sancionatorio de expulsión, instruido por el Servicio Nacional de Migraciones, fundado en las causales previstas en la Ley N°21.325. En dicha notificación se confirió plazo legal para formular descargos, los que fueron evacuados oportunamente el 26 de enero de 2024, acompañando antecedentes personales, familiares, laborales y de arraigo en Chile. Acusa que, no obstante, lo anterior, a la fecha de interposición del recurso han transcurrido casi dos años desde que presentó sus descargos sin que el Servicio Nacional de Migraciones haya dictado resolución alguna que los acoja o rechace, ni se haya comunicado decisión de fondo sobre la procedencia de la expulsión, lo que le genera un estado de incertidumbre jurídica permanente. Destaca que el actor cuenta con residencia definitiva vigente, ha residido por largos años en el país y ha construido en Chile un proyecto de vida plenamente arraigado, conformando un grupo familiar estable, desarrollando actividades laborales lícitas y manteniendo vínculos sociales efectivos. Luego de reseñar la normativa aplicable a la materia y cómo la omisión afecta el derecho invocado, solicita que se ordene al Servicio recurrido que se pronuncie definitivamente sobre los descargos presentados en el procedimiento sancionatorio de expulsión, dentro de breve plazo, con costas.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que regula la materia, se resuelve que se acoge, sin costas, el recurso de protección solo en cuanto se dispone que el Servicio Nacional de Migraciones deberá emitir pronunciamiento que ponga término al procedimiento sancionatorio de expulsión seguido en contra de don Edwin Coria Sánchez en el plazo de treinta días hábiles administrativos. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol Nº26816-2025 Protección.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintidós de mayo de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece el abogado Matías Nicolás Chacón Fuentes, en representación de Edwin Coria Sánchez, de nacionalidad boliviana, quien interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones por haber incurrido en una omisión ilegal y arbitraria al no resolver, dentro de plazo

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica