ANONIMIZADO
Rol
Fecha
22 de mayo de 2026
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA/COMUNICAR
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y compartiendo los razonamientos de la jueza a quo, por lo que en esta etapa incipiente de la investigación no se advierte que la medida cautelar decreta sea desproporcionada, por lo que de conformidad a lo dispuesto en los artículos 140, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada en audiencia de diecinueve de mayo del año en curso, inserta en la carpeta virtual Rit 1-2718-2026 del Juzgado de Garantía de Curicó, que decretó la medida cautelar personal de internación provisoria respecto del adolescente [Yerko]. Comuníquese...
Texto Completo (Preview)
Talca, veintidós de mayo de dos mil veintiséis. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y compartiendo los razonamientos de la jueza a quo, por lo que en esta etapa incipiente de la investigación no se advierte que la medida cautelar decreta sea desproporcionada, por lo que de conformidad a lo dispuesto en los artículos 140, 352, 3
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica