JOSE ROBLES VILLARROEL/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
22 de mayo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece Nadia Garay Vera, abogada, defensora penal pública penitenciaria, e interpone recurso de amparo en favor de José Ignacio Robles Villarroel, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, que rechazó otorgar la libertad condicional al amparado. Sostiene que lo resuelto por la Comisión de Libertad Condicional ha determinado que el amparado permanezca privado de libertad en forma ilegal, toda vez que se habrían exigido requisitos que exceden aquellos fijados en el Decreto Ley N°321 de 1925 y sus modificaciones. Solicita que se deje sin efecto la resolución recurrida y se otorgue al amparado el beneficio de libertad condicional. A folio 4, informa Gendarmería de Chile, remitiendo los antecedentes de postulación del amparado. A folio 5, informa el Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, señalando que los
Fundamentos
motivos por los cuales el beneficio fue desestimado constan en la resolución impugnada, cuya copia acompaña. A folio 6, se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, por la vía del presente recurso de amparo se cuestiona la legalidad de la resolución emanada de la Comisión de Libertad Condicional correspondiente al primer semestre del año 2026, por medio de la cual se rechazó conceder el beneficio de libertad condicional al amparado, según el razonamiento contenido en dicha resolución. Segundo: Que, lo resuelto por la Comisión de Libertad Condicional no es ilegal, pues se encuentra facultada para conceder o denegar el beneficio conforme al artículo 5 del Decreto Ley N°321 de 1925, cuya redacción actual fue introducida por la Ley N°21.124, publicada en el Diario Oficial el 18 de enero de 2019. Tercero: Que, además, la decisión de la Comisión recurrida se encuentra debidamente fundada en los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile, toda vez que del informe psicosocial acompañado aparece que el amparado presenta un riesgo de reincidencia alto y compromiso delictual medio, no registrando beneficios intrapenitenciarios que permitan observar su conducta extramuros. Asimismo, mantiene necesidades criminógenas pendientes relacionadas con educación, empleabilidad, adherencia normativa, habilidades de autocontrol, resolución de conflictos y consumo de sustancias psicoactivas. Del mismo modo, se concluye que el interno se encuentra aún en etapa de contemplación frente al cambio, requiriendo una intervención intensiva, focalizada e integral antes de proyectar adecuadamente un cumplimiento de condena en libertad. Cuarto: Que, de este modo, al dictar la resolución impugnada, en cuyo texto constan las razones para fundamentar su negativa, la Comisión no ha infringido la normativa legal precitada, por lo que no existe antecedente alguno que dé cuenta que la recurrida haya vulnerado la garantía constitucional del artículo 19 N°7 letra b), motivo por el cual la presente acción será rechazada.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de José Ignacio Robles Villarroel en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso. Se previene que la Ministra señora Fierro concurre a la decisión anotada teniendo únicamente presente que la acción deducida no resulta idónea para revisar el mérito de lo resuelto por la Comisión de Libertad Condicional, en cuanto a la apreciación de los avances en el proceso de reinserción social del amparado, toda vez que ello refleja un juicio de ponderación sobre aspectos de fondo; correspondiendo únicamente verificar, por esta vía, el cumplimiento de los requisitos objetivos establecidos en el Decreto Ley N°321 y su reglamento, cuya infracción no se denuncia en la especie. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N° Amparo-2129-2026.
Texto Completo (Preview)
Sfg C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintidós de mayo de dos mil veintiséis. Visto: A folio 1, comparece Nadia Garay Vera, abogada, defensora penal pública penitenciaria, e interpone recurso de amparo en favor de José Ignacio Robles Villarroel, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, que rechazó otorgar la libertad condicional al amparado. Sostiene que lo resuelto por la
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