FENELON SUZENIE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
20 de mayo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: A folio 1, comparece Suzenie Fenelon, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N° 26.622.013-8, domiciliada en calle Sargento Aldea N° 364, comuna de San Felipe, Región de Valparaíso, e interpone acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N° 24468122, de fecha 10 de octubre de 2024, mediante la cual se rechazó su solicitud de residencia definitiva y se dispuso su abandono del país dentro del plazo de diez días. Expone que con fecha 12 de noviembre de 2021 solicitó residencia definitiva y que el rechazo se fundó en no haber remitido copia de la sanción por residir en el país con permiso de residencia vencido. Señala que no comprendía el funcionamiento del sistema migratorio, por lo que solicitó ayuda a una persona para efectuar el trámite, quedando sin orientación cuando se le requirió acompañar el comprobante de pago de la multa. Agrega que, luego de dictada la resolución, concurrió a dependencias del Servicio Nacional de Migraciones, donde se le habría indicado que el pago de la multa permitiría subsanar su situación, efectuando dicho pago el 21 de marzo de 2025. Sostiene que actualmente cumple los requisitos legales para obtener el beneficio migratorio impetrado, que no registra antecedentes penales en su país de origen ni registros negativos en Chile, y que cuenta con medios económicos suficientes para costear su permanencia en el país. Solicita, en definitiva, que se deje sin efecto la resolución recurrida y se ordene al Servicio Nacional de Migraciones efectuar una nueva revisión documental y resolver conforme a derecho su solicitud de residencia definitiva. A folio 5, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso. Expone que la amparada solicitó residencia definitiva el 12 de noviembre de 2021, mediante trámite ID N° 8880960; que su visa anterior venció el 19 de diciembre de 2019, por lo que postuló encontrándose irre
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que, el recurso de amparo previsto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República constituye una acción cautelar destinada a restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado frente a actos u omisiones ilegales que importen privación, perturbación o amenaza a la libertad personal y seguridad individual. Segundo: Que, en la especie, el acto recurrido corresponde a la resolución administrativa que rechazó la solicitud de residencia definitiva de la amparada y dispuso su abandono del país dentro del plazo de diez días, fundada en que no habría remitido copia del pago de la sanción por residir en el país con permiso de residencia vencido. Tercero: Que, del mérito de los antecedentes allegados, aparece que la recurrente acompañó a esta sede constitucional comprobante de pago de la sanción pecuniaria correspondiente, efectuado el 21 de marzo de 2025, antecedente que incide directamente en la causal que sirvió de fundamento al rechazo de su solicitud de residencia definitiva. Cuarto: Que, en este contexto, resultaría desproporcionado y, por lo tanto, ilegal, mantener incólume una orden de abandono fundada exclusivamente en la falta de acreditación del pago de una sanción pecuniaria, cuando dicho antecedente ha sido acompañado en esta sede y se vincula precisamente con el defecto documental que motivó el rechazo. Lo anterior no importa sustituir a la autoridad administrativa en el ejercicio de sus potestades, sino ordenar que la solicitud sea nuevamente revisada con consideración efectiva de los antecedentes actualmente disponibles.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se acoge, sin costas, la acción constitucional de amparo deducida por Suzenie Fenelon en contra del Servicio Nacional de Migraciones y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 24468122, de fecha 10 de octubre de 2024, debiendo la recurrida efectuar una nueva revisión de los antecedentes aportados por la amparada, ponderando especialmente el comprobante de pago de la sanción pecuniaria acompañado, y resolver conforme a derecho su solicitud de residencia definitiva. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N° Amparo-2034-2026.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinte de mayo de dos mil veintiséis. VISTOS: A folio 1, comparece Suzenie Fenelon, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N° 26.622.013-8, domiciliada en calle Sargento Aldea N° 364, comuna de San Felipe, Región de Valparaíso, e interpone acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la R
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