2º JUZGADO CIVIL DE PUERTO MONTT

GARRIDO/BCI SEGUROS GENERALES S.A.

Rol

Fecha

19 de mayo de 2026

Materia

CONTRATO, CUMPLIMIENTO DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, y teniendo presente, además: Primero: Que sube en alzada sentencia dictada con fecha 29 de octubre de 2024 por el Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt, mediante la cual se rechaza, sin costas, la acción de incumplimiento contractual e indemnización de perjuicios autónoma interpuesta por Víctor Manuel Garrido Del Rio en contra de BCI Seguros Generales, al estimarse una falta de antecedentes probatorios que dieran cuenta de la configuración de dichas acciones. Al respecto, se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, afirmando que con el mérito de los antecedentes existentes en la causa resultan suficientes para acreditar las hipótesis de sus acciones interpuestas en la especie, así como la falta de corroboración de las alegaciones de la contraria que llevaron en definitiva a proceder con el rechazo impugnado en estos autos, solicitando en definitiva la revocación de la sentencia en alzada y que se acoja la demandada de incumplimiento contractual y la declaración de otorgamiento de cobertura al siniestro materia del juicio, indemnizando al actor de los perjuicios ocasionados con ello, con costas. Segundo: Que en la especie, la recurrente invoca una acción de cumplimiento contractual en contra de BCI Seguros Generales al estimar que dicha entidad ha incurrido en un incumplimiento de sus obligaciones derivadas de un contrato de seguro emitido el 02 de julio de 2021 respecto de un vehículo de su propiedad marca Hyundai, modelo Elantra GL 18, Patente HJDD-37, el cual, con fecha 02 de agosto de 2021 fue encontrado totalmente quemado en un sitio eriazo de la comuna de Puerto Montt, previa sustracción del mismo desde la vía pública, solicitando el otorgamiento de la cobertura pactada y, además, una pretensión indemnizatoria autónoma por los perjuicios ocasionados con dicha infracción. Tercero: Que en este sentido, cabe señalar que el artículo 1.698 del Código Civil establece la regla de distribución de cargas prob

Fallo

Por tanto, y de conformidad a lo señalado en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, así como lo establecido en los artículo 512, 524 y 529 del Código de Comercio, se confirma, sin costas del recurso la decisión en alzada de fecha veintinueve de octubre de dos mil veinticuatro, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt. Redacción a cargo del Ministro Patricio Rondini Fernández-Dávila. Regístrese y devuélvase. Rol Civil N°1.530-2024.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, diecinueve de mayo de dos mil veintiséis Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, y teniendo presente, además: Primero: Que sube en alzada sentencia dictada con fecha 29 de octubre de 2024 por el Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt, mediante la cual se rechaza, sin costas, la acción de incumplimiento contractual e indemnización de perjuicios autónoma interpuesta por Víctor Manu

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