BURGOS INOSTROZA NELY DEL CARMEN CONTRA JUZGADO DE GARANTÍA DE TEMUCO
Rol
Fecha
19 de mayo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, comparece Valentina Villagra Bravo, Defensora Penal Pública quien deduce acción constitucional de amparo en favor de Nely del Carmen Burgos Inostroza, condenada en causa seguida ante el Juzgado de Garantía de Temuco, en contra de la resolución dictada con fecha 29 de abril de 2026 por la jueza Luz Mónica Arancibia Mena y de la resolución de fecha 11 de mayo de 2026 pronunciada por la jueza Viviana García Utreras. Señala que la primera resolución revocó la pena sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad y ordena el cumplimiento efectivo de 21 días de prisión, pese a encontrarse la pena prescrita, mientras que la segunda resolución rechaza revisar dicha situación y ordena estarse a lo ya resuelto, afirmando que dichas decisiones vulneran el derecho a la libertad personal y seguridad individual de la amparada, garantizado en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. Expone que, con fecha 4 de enero de 2018, la amparada es condenada como autora del delito de hurto simple frustrado, cometido el 20 de septiembre de 2017 en perjuicio de Tienda Corona, imponiéndosele la pena de veintiún días de prisión en su grado medio, multa de un quinto de unidad tributaria mensual y accesorias legales, sustituyéndose la pena privativa de libertad por prestación de servicios en beneficio de la comunidad. Indica que el 29 de abril de 2026 se realiza audiencia conforme a la Ley N° 18.216, ocasión en que el Ministerio Público solicita la revocación de la pena sustitutiva, fundándose en que la condenada registra múltiples condenas posteriores, incluyendo una por simple delito sancionada con 541 días de presidio, señalando que la defensa solicitó el rechazo de la petición, argumentando que las condenas invocadas corresponden a faltas o penas concretas de falta, por lo que no configuran crimen ni simple delito para efectos del artículo 27 de la Ley N° 18.216. No obstante la oposición de la defensa, el tribunal revocó la pena
Fundamentos
considerando que la amparada registra diversos simples delitos posteriores, sin advertir que la pena concreta impuesta en la causa corresponde a una pena de falta, señalando que entre la sentencia de 4 de enero de 2018 y la condena posterior por simple delito de 20 de julio de 2021 transcurre un plazo superior a seis meses, por lo que la pena ya se encontraba prescrita antes de la revocación de la pena sustitutiva, por lo que al momento de ordenar el cumplimiento efectivo de los 21 días de prisión ya no existía una pena vigente susceptible de ejecución, citando
Fallo
fallo pronunciado por esta Corte, en causa Rol Amparo N° 128-2026 de 16 de abril de 2026, donde se establece que la prescripción debe determinarse atendiendo a la pena concretamente impuesta y no a la naturaleza abstracta del delito y fallos de la Corte Suprema, Roles N° 34.895-2023 y N° 57.889-2024, relativos a reincidencia, en los que se afirma que corresponde considerar la pena en concreto y no la sanción abstracta prevista para el delito. Concluye señalando que las resoluciones impugnadas incurren en ilegalidad al disponer el cumplimiento efectivo de una pena privativa de libertad ya extinguida por prescripción, afectando la libertad personal de la amparada fuera de los casos y formas establecidos por la Constitución y las leyes, solicitando que la Corte de Apelaciones acoja el recurso de amparo, deje sin efecto las resoluciones recurridas y declare extinguida por prescripción la pena impuesta A folio 3, comparece Luz Arancibia Mena, Jueza Titular del Juzgado de Garantía de Temuco, quien evacúa el informe requerido, señalando que con fecha 29 de abril pasado se llevó a efecto audiencia ley 18.216 respecto de la imputada sentenciada Nely del Carmen Burgos Inostroza, por haber informado Gendarmería de Chile que la señalada imputada en el marco de un beneficio de prestación de servicios comunitarios de 28 horas, no ha logrado finalizar el cumplimiento de la pena por problemas de salud, lo que comunica con fecha 6 de Abril al Centro de reinserción Social de Temuco sin embarg
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, diecinueve de mayo de dos mil veintiséis. Vistos: A folio 1, comparece Valentina Villagra Bravo, Defensora Penal Pública quien deduce acción constitucional de amparo en favor de Nely del Carmen Burgos Inostroza, condenada en causa seguida ante el Juzgado de Garantía de Temuco, en contra de la resolución dictada con fecha 29 de abril de 2026 por la jueza Luz Mónica Arancibia
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