SIN INFORMACION

ARGUELLES GIL YULBERTO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

19 de mayo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Que a folio 1 se deduce acción de Protección en favor de Yulberto Antonio Arguelles Gil en contra del Ministerio del Interior y la Subsecretaría del Interior, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre su solicitud de nacionalización. Pide, en definitiva, se ordene a los recurridos pronunciarse sobre la solicitud, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas Que, las recurridas evacúan informe, oponiendo la excepción de incompetencia, en cuanto al fondo solicitan el rechazo del recurso. Se traen los autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: I.- En cuanto a la excepción de incompetencia: Primero: Que, la Subsecretaría del Interior, recurrida de autos, opone la excepción de incompetencia atendido que el recurrente al realizar su solicitud de carta de nacionalización señala domicilio en territorio jurisdiccional diverso al de esta Corte. Segundo: Que, la alegación de incompetencia será desestimada, teniendo presente, que el actor al momento de presentar esta acción ha acreditado domicilio actual en la comuna de Viña del Mar, lo que habilita a este Tribunal de Alzada a conocer del presente arbitrio. II.- En cuanto al fondo: Tercero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento de la solicitud de nacionalización presentada por el recurrente. Cuarto: Que, de lo informado por las recurridas se desprende que la solicitud del actor se encuentra en tramitación ante el Servicio Nacional de Migraciones. Quinto: Que, de lo expuesto se concluye que actualmente la solicitud del recurrente se mantiene en tramitación ante el Servicio Nacional de Migraciones, sin que se haya remitido a las recurridas para continuar su tramitación y emitir el pronunciamiento respectivo, razón por la que se estima que no existe un actuar por parte del Ministerio del Interior y Subsecretaría del Interior que se pueda calificar de arbitrario o ilegal.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara: I.- Que, se rechaza la excepción de incompetencia. II.- Que, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Yulberto Antonio Arguelles Gil contra el Ministerio del Interior y la Subsecretaría del Interior. Se previene que la Ministra Señora Rosa Herminia Aguirre Carvajal, concurre al acuerdo teniendo únicamente presente que la carta de nacionalización es un privilegio otorgado por el Jefe de Estado, que requiere de un mayor análisis de los antecedentes, cuyo acto terminal es fruto de la potestad discrecional radicada en él, por lo que no se puede incoar a su término mediante la presente vía judicial. Regístrese, notifíquese, certifíquese una vez ejecutoriada, y en su oportunidad archívese. N°Protección-1828-2026. En Valparaíso, diecinueve de mayo de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecinueve de mayo de dos mil veintiséis. Vistos: Que a folio 1 se deduce acción de Protección en favor de Yulberto Antonio Arguelles Gil en contra del Ministerio del Interior y la Subsecretaría del Interior, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre su solicitud de nacionalización. Pide, en definitiva, se ordene a los recurridos pronunciarse so

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