BOZZO/INMOBILIARIA E INVERSIONES VALOR CUADRADO DESARROLLO S.A
Rol
Fecha
19 de mayo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que don Andrés Iturra Herrera, abogado, en representación del querellado don Gerard Eduardo Bozzo De La Fuente, deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 22 de abril de 2026 dictada por el 9° Juzgado de Garantía de Santiago, en causa RIT N° 1256-2025, por la cual dicho tribunal concedió, en el solo efecto devolutivo, el recurso de apelación interpuesto por la parte querellante en contra de la resolución pronunciada en audiencia de fecha 15 de abril de 2026, que rechazó la solicitud de reapertura de la investigación formulada por dicha parte, tras haber comunicado el Ministerio Público su decisión de no perseverar en el procedimiento. Expone que la resolución que apela la contraria no es susceptible de ese medio de impugnación, pues no se encuentra en las hipótesis de excepción que al efecto prevé el artículo 370 del Código Procesal Penal, en tanto (i) no pone término al procedimiento, (ii) no hace imposible su prosecución, (iii) ni lo suspende por más de treinta días, sin que tampoco la ley haya señalado expresamente su procedencia. Agrega que el argumento de la querellante para encuadrar la resolución impugnada en la hipótesis del artículo 370 letra a) del Código Procesal Penal, en virtud de la cual la negativa de reapertura le impediría forzar la acusación, haciendo imposible la prosecución del procedimiento en su contra- resulta jurídicamente improcedente, toda vez que el forzamiento de acusación, regulado en el artículo 258 del mismo cuerpo legal, opera exclusivamente respecto de imputados que han sido objeto de formalización de la investigación, calidad que su representado nunca ha tenido en la causa, al no haber sido formalizado por el Ministerio Público. Por lo anterior solicita se acoja el recurso y se declare inadmisible el recurso de apelación intentado por la contraria, por ser improcedente. SEGUNDO: Que los presentes antecedentes versan sobre un recurso de apelación interpuesto por la parte querellante
Fallo
Por estas consideraciones, SE ACOGE el recurso de hecho deducido por la parte querellada en contra de la resolución de 22 de abril de 2026 pronunciada por el 9° Juzgado de Garantía de Santiago, en causa RIT N° 1256-2025, la cual se deja sin efecto, declarándose en su lugar inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha 20 de abril último por la querellante respecto de aquella dictada en audiencia de fecha 15 de abril de 2026. Déjese copia de la presente resolución en el Ingreso Corte Penal N° 2152-2026, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Penal-2109-2026 (Hecho).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de mayo de dos mil veintiséis. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que don Andrés Iturra Herrera, abogado, en representación del querellado don Gerard Eduardo Bozzo De La Fuente, deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 22 de abril de 2026 dictada por el 9° Juzgado de Garantía de Santiago, en causa RIT N° 1256-2025, por la cual dicho tribunal co
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