1º JUZGADO DE LETRAS DE TALAGANTE

COMPANIA GENERAL DE ELECTRICIDAD S.A./ARAVENA

Rol

Fecha

19 de mayo de 2026

Materia

CONFESIÓN DE DEUDA, CITACIÓN

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos:    1°) Que el trece de abril del año en curso se dictó la resolución recurrida por la cual no se dio curso a la solicitud de gestión preparatoria para la vía ejecutiva.  2°) Que la mentada decisión se notificó a la recurrente el mismo día por el estado diario. 3°) Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, tratándose de resoluciones distintas a sentencias definitivas, el recurso de apelación debe interponerse en el plazo de cinco días contado desde la notificación de la parte que lo entabla. 4°) Que, en consecuencia, el recurso de apelación que da origen a este ingreso, deducido el veinte de abril de los corrientes, se interpuso en forma extemporánea, transcurridos seis días desde su notificación.   Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 201 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en contra de la resolución dictada el trece de abril del año en curso por el Primer Juzgado de Letras de Talagante en los autos rol C-266-2026. Devuélvase por interconexión y, hecho, archívese. Rol N°1077-2026 Civil

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en contra de la resolución dictada el trece de abril del año en curso por el Primer Juzgado de Letras de Talagante en los autos rol C-266-2026. Devuélvase por interconexión y, hecho, archívese. Rol N°1077-2026 Civil

Texto Completo (Preview)

CH (adb) San Miguel, diecinueve de mayo de dos mil veintiséis. Vistos:    1°) Que el trece de abril del año en curso se dictó la resolución recurrida por la cual no se dio curso a la solicitud de gestión preparatoria para la vía ejecutiva.  2°) Que la mentada decisión se notificó a la recurrente el mismo día por el estado diario. 3°) Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 189 del Códig

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