ANONIMIZADO
Rol
Fecha
19 de mayo de 2026
Materia
ALIMENTOS
Resultado
CONFIRMADA, CON DECLARACIÓN
Hechos
Visto y teniendo únicamente presente que al desconocerse antecedentes acerca de la capacidad económica del demandado, como en el caso de autos, cabe aplicar la presunción a que se refiere el artículo 3 de la ley 14.908, se confirma en lo apelado la resolución de catorce de abril de dos mil veintiséis, con declaración, que los alimentos provisorios se fijan en la suma mensual de 3.0543435145 U.T.M., (equivalentes a $ 215.600). Notifíquese. Regístrese y, en su oportunidad, devuélvase. N°Familia-146-2026
Texto Completo (Preview)
CA Chillán Act/cff Chillán, diecinueve de mayo de dos mil veintiséis. Visto y teniendo únicamente presente que al desconocerse antecedentes acerca de la capacidad económica del demandado, como en el caso de autos, cabe aplicar la presunción a que se refiere el artículo 3 de la ley 14.908, se confirma en lo apelado la resolución de catorce de abril de dos mil veintiséis, con declaración, que los al
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica