A.I.S.Q. Y N.T.S.Q. / COLEGIO SAN FELIPE DIÁCONO SPA
Rol
Fecha
19 de mayo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece el abogado Lisandro Barrera Sandoval, en representación de las menores A. I. S. Q. y N. T. S. Q., interponiendo recurso de protección en contra del Colegio San Felipe Diácono SpA, representado legalmente por su director Rodrigo Gerardo Price Rojas, fundado en la decisión del establecimiento de rechazar la renovación de matrícula de ambas alumnas para el año escolar 2026, debido a la existencia de deuda por concepto de colegiaturas correspondientes al año académico 2025. Expone que las recurrentes son alumnas del establecimiento desde el año 2025, cursando primero medio y tercero básico, respectivamente, y que el colegio tenía pleno conocimiento de la compleja situación económica que atravesaba la familia, así como del delicado estado de salud mental de una de las niñas, quien se encontraría bajo tratamiento psicológico y psiquiátrico por un cuadro depresivo y ansioso, con antecedentes de crisis de angustia e ideación suicida. Señala que los padres de las alumnas solicitaron formalmente al establecimiento una revisión excepcional de la decisión, acompañando antecedentes médicos y judiciales y ofreciendo regularizar la deuda una vez resuelto el procedimiento judicial respectivo, sin que aquello fuera ponderado por la recurrida, la cual se limitó a invocar protocolos administrativos de morosidad. Sostiene que el acto recurrido vulnera las garantías consagradas en el artículo 19 N°1, N°2 y N°10 de la Constitución Política de la República, además del principio del interés superior del niño, argumentando que el artículo 11 de la Ley N°20.370 prohíbe sancionar a los alumnos por deudas de sus apoderados y que la negativa de matrícula constituye una forma indirecta de sanción económica prohibida por el ordenamiento jurídico. Añade que la decisión carece de proporcionalidad y razonabilidad, afectando gravemente la continuidad del proceso educativo de las menores y, particularmente, la integridad psíquica de Agustina Ignac
Texto Completo (Preview)
San Miguel, diecinueve de mayo de dos mil veintiséis. Al folio 12: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece el abogado Lisandro Barrera Sandoval, en representación de las menores A. I. S. Q. y N. T. S. Q., interponiendo recurso de protección en contra del Colegio San Felipe Diácono SpA, representado legalmente por su director Rodrigo Gerardo Price Rojas, fundado en la
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica