3º JUZGADO DE LETRAS DE COQUIMBO

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/PALOMINOS

Rol

Fecha

19 de mayo de 2026

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que el desistimiento de la demanda o de la acción ejecutiva corresponde a un incidente del juicio, que se regula en los artículos 148 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y,

Fundamentos

considerando que, de conformidad a la última disposición legal referida, corresponde otorgarle la tramitación que su naturaleza exige, esto es, confiriendo traslado previo a la contraparte, para que esta pueda exponer lo que estime pertinente a sus derechos, lo que no fue observado por el tribunal a quo, y visto además lo dispuesto en los artículos 186, 199, 227 y 237 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución apelada de dieciséis de enero de dos mil veintiséis y, en su lugar,

Fallo

se resuelve que, previo a resolver el desistimiento de la acción ejecutiva, el tribunal a quo deberá conferir traslado del incidente, continuando la tramitación del mismo conforme al orden consecutivo legal. Devuélvase vía interconexión. Rol N°230-2026 Civil.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, diecinueve de mayo de dos mil veintiséis. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que el desistimiento de la demanda o de la acción ejecutiva corresponde a un incidente del juicio, que se regula en los artículos 148 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y, considerando que, de conformidad a la última disposición legal referida, corresponde otorgarle la

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